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LA LEGISLACION DE LA UNION EUROPEA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y LA PARCIALIDAD IDEOLOGICA DE SU INTERPRETACION.
Percy Francisco Alvarado Godoy.
Escritor guatemalteco
16 de abril del 2003..
Cuando uno se enfrenta a los diversos instrumentos jurídicos elaborados
por la Unión Europea en torno a los temas de los derechos humanos en
general y sobre la pena de muerte y la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanas o degradantes, en particular, no puede menos que aceptar que todos
ellos expresan una intención por resolver uno de los grandes flagelos
que hoy atentan contra los seres humanos del planeta. Sin embargo, al conocer
la forma en que estos instrumentos se aplican al evaluar dicho fenómeno
en el mundo de hoy, despierta en cualquiera la sensación inequívoca
de que "no hay una misma vara para juzgar a todos". En esencia, la
aplicación de esta legislación se ha puesto en función
de los intereses políticos de la UE y no con la finalidad de resolver
las reales violaciones a los derechos humanos en distintos países. Por
ello, Europa no vuelca su dedo acusador sobre los países del primer mundo
—salvo en aislados casos en los que sólo muestra una tímida o
vacilante preocupación— sino fundamentalmente sobre las naciones pobres
y menos desarrolladas como Irán, Nigeria o Sudán, o en naciones
cuya ideología no comparte como en los casos de China y de Cuba..
Al analizar las "Directrices sobre la política de la UE frente a
terceros países en relación con la tortura y otros tratos penas
crueles, inhumanas o degradantes" del Consejo de Asuntos Generales, emitido
en Luxemburgo el 9 de abril del 2001, se percibe la intención de la organización
europea por "introducir disposiciones que prohíban y condenen la
tortura y los malos tratos, incluida la adopción de medidas legislativas
y administrativas y de restricciones de la producción y la venta de material
diseñado para esos fines". Igualmente, la UE proclama su derecho
para "prevenir y erradicar la tortura y los malos tratos, así como
luchar contra la impunidad de las personas responsables". Hasta allí
todo parece estar bien. No obstante, cuando uno evalúa el hecho de que
todas las declaraciones y gestiones de la UE van encaminadas a atacar el tema
de los derechos humanos mediante una óptica de exclusividad, soslayando
en sus análisis de este fenómeno a casos como el de los propios
Estados Unidos de América, se empieza a comprender la existencia de parcialidad
y complicidad en sus juicios sobre el tema y se pierde, por tanto, la confianza
en sus propósitos..
Hasta el momento, salvo la Resolución del Parlamento Europeo sobre las
condiciones de detención de los presos políticos en Guantánamo,
aprobada el 7 de febrero del 2002 y en la que se señala la "solidaridad
con los Estados Unidos en la lucha contra el terrorismo", pero en la cual
expresa también "su preocupación ante las condiciones de
detención de los prisioneros detenidos en Afganistán en la base
estadounidense de Guantánamo", la Unión Europea no se ha
dignado a atacar a la primera potencia del mundo por los malos tratos que reciben
los norteamericanos negros y de origen latino en las prisiones de su país.
Igualmente, tampoco se ha emitido resolución o declaración alguna
sobre el maltrato y el abuso policial contra los ciudadanos pobres, negros y
miembros de otras minorías. Para ellos, salvo el tímido señalamiento
—muchas veces con un dedo tembloroso y vacilante— no ha habido condena alguna
por parte de los europeos..
No podría imaginarme yo a Aznar, a Berlusconi o a cualquier gobernante
europeo, reclamando sanciones como las que planean usar contra Cuba. ¿Serían
ellos capaces de reducir los intercambios culturales con EE UU o de invitar
a sus embajadas a los miembros de las minorías excluidas y cuyos derechos
se violan a diario? ¿Han dedicado al menos una sesión de sus Consejos
para evaluar la sistemática violación de los derechos humanos
en Estados Unidos? ¿Se han planteado aislar y condenar al poderoso y prepotente
Estados Unidos por las violaciones de derechos humanos que ejercen contra los
pueblos dominados de Afganistán e Irak? La respuesta a estas preguntas
señala, sin lugar a dudas, la posición viciada de la UE con respecto
a los derechos humanos en el mundo de hoy..
El caso de los cinco cubanos prisioneros del Imperio..
El mundo de hoy se irrita ante las violaciones ejercidas contra los derechos
de Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino, René
González Sehwerert, Antonio Guerrero y Fernando González, los
cinco cubanos detenidos en EE UU bajo la falsa acusación de estar espiando
contra esa nación y encerrados en cárceles norteamericanas, luego
de ser sometidos a juicios amañados en los que recibieron sanciones descomunales
y que no se ajustaban a los delitos inventados contra ellos. Sin embargo, nunca
la Unión Europea y sus adalides de los derechos humanos han cuestionado
tal proceder del gobierno norteamericano. Tal injusticia ha quedado olvidada
por ellos y, por tanto, excluida de sus campañas furibundas a favor de
los derechos humanos..
Cuando importantes sectores del mundo, algunos de ellos dentro de los propios
Estados Unidos, abogan por la liberación de estos cinco héroes
cubanos, se les ha sometido permanentemente a crueles medidas que van desde
el encierro en pequeñas y oscuras celdas conocidas como "el hueco",
hasta la imposibilidad de recibir las visitas de sus familiares más cercanos
como ocurre con René y Gerardo. ¿De qué sirven entonces los instrumentos
legales, referidos a las torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanas
o degradantes, elaborados por las UE, si ellos son incapaces de aplicarlos con
justeza a todos los casos? ¿Alguno de los gobiernos de los Quince se ha pronunciado
al respecto, a pesar de que dentro de las orientaciones de la UE para sus gobiernos
está el "introducir disposiciones que prohíban y condenen
los malos tratos, (…)"..
En el Informe Anual de la Unión Europea sobre Derechos Humanos del 2001,
así como el subsiguiente referido al 2002, se proclama que el "objetivo
de la Unión consiste en prohibir estas graves violaciones a la dignidad
humana y que las autoridades correspondientes respeten dicha prohibición".
Contrariamente a esto, Adriana Pérez O´Connor y Olga Salanueva, esposas
de Gerardo Hernández y René González Sehwerert respectivamente,
así como la pequeña Ivette, hija de René, son imposibilitados
de visitarlos desde hace largo tiempo y tampoco se ha pronunciado en torno a
ello la UE. Si se sabe por parte de esos gobiernos de la violación, en
este caso, de la propia VIII Enmienda de la Constitución de los Estados
Unidos, así como documentos del Derecho Internacional, entre los que
se encuentran la Carta de los Derechos Fundamentales, promulgada en diciembre
del 2000 por la UE, la Declaración y la Convención Universal de
los Derechos del Niño, la Resolución de la Asamblea General de
la ONU Número 3452/75- ONU, así como otros importantes instrumentos
legales, ¿por qué no se ha pronunciado algún funcionario de la
UE, del Consejo Europeo o del Parlamento Europeo contra estas violaciones reiteradas
contra dichos prisioneros cubanos e EE UU? ¿Es que acaso sólo les preocupan
las supuestas violaciones que suceden en prisiones cubanas contra igualmente
supuestos disidentes? Si al menos se hubieran referido al caso de los cinco
cubanos presos injustamente en Estados Unidos, la Unión Europea se hubiera
endilgado cierta credibilidad e imparcialidad en su política con respecto
a los derechos humanos. Sin embargo, no ha sido así..
La ideologización del controvertido tema de la pena de muerte..
Gran alharaca se levantó en el seno de la Unión Europea al conocerse
la noticia del fusilamiento de tres secuestradores de una lancha por parte del
Gobierno Cubano. De inmediato, capitaneados por Aznar y Berlusconi, los demás
gobernantes de la región condenaron las muertes en la Isla, sobre la
base de " Las Orientaciones para la política de la UE respecto a
terceros países por lo que se refiere a la pena de muerte", emitidas
por el Consejo de Asuntos Generales en Luxemburgo, en fecha del 29 de junio
del 1998..
De inmediato se acordaron de su trabajo en la ONU en torno a lograr la erradicación
universal de la pena de muerte y del amplio cuerpo legislativo existente en
esos momentos a nivel internacional. Lo sospechoso de todo esto es que nunca
se implementó una campaña contra otras naciones como la que se
ha desarrollado contra Cuba derivada de esta justa y excepcional medida. Salieron
a relucir por sus voceros diferentes instrumentos como las propias orientaciones
a las que me he referido, así como la "Declaración del Consejo
sobre la pena de muerte y la tortura y demás tratos crueles", emitida
por el Consejo de Asuntos Generales el 30 de septiembre del 2002. Cuba había
cometido un crimen imperdonable, dijeron los voceros de la UE y reclamaron sanciones
de inmediato..
La prueba evidente de ideologización del enfoque de la UE sobre la pena
de muerte la encontramos en que jamás se ha emitido una fuerte condena
contra Estados Unidos por ser el ejecutor de este tipo de medidas en el mundo..
La UE proclama que "la pena de muerte no puede aplicarse a personas menores
de 18 años en el momento de la perpetración del delito, mujeres
embarazadas, madres de un niño pequeño ni a personas que padezcan
alienación mental, (…)". Cuba, por su parte, jamás ha ajusticiado
a alguna persona que caiga dentro de esos patrones. Tampoco lo ha hecho atendiendo
a razones de raza o de credo. Por su parte, los Estados Unidos han violado los
preceptos y percepciones de la jurisprudencia de la UE y jamás se han
tomado mediadas activas de presión o condena contra ese país.
Basta analizar el comportamiento de la aplicación de la pena de muerte
en EE UU para comprender tal afirmación y tal diferencia..
· Preponderancia de criterios discriminatorios al establecer la pena de
muerte a las personas..
- Cuando los negros norteamericanos representaban entre el 9% y el 11 % de la
población nacional, entre 1930 y 1972, fueron ejecutados 1712 blancos
y 2035 negros. Hoy se sabe que, de los 3054 presos que esperaban la pena de
muerte en 1995, el 42 % pertenecía a la raza negra, aunque los mismos
representan sólo el 12 % de la población norteamericana en estos
momentos..
- Este fenómeno obedece a que prevalecen los jurados de la raza blanca
en los juicios en que se juzgan a negros acusados de cometer crímenes
contra blancos. Esos son incriminados por fiscales blancos, los que en 1998
representaban más del 90 % de los fiscales existentes en los 38 estados
de la Unión que aún aplican la pena de muerte..
· Aplicación de la pena de muerte a personas con retraso mental..
Mientras en Cuba nunca se ha ejecutado a una persona con probado retraso mental,
en los Estados Unidos de América se aplica la pena de muerte a los mismos.
A partir de 1972 se han celebrado 27 ejecuciones de condenados con padecimientos
mentales. Hoy en día, casi un 15 % de los que esperan la ejecución
en cárceles norteamericanas son reos con retraso o enfermedades mentales
severas..
· Aplicación de la pena de muerte contra menores de edad.
Mientras en Cuba no se aplica la pena de muerte contra personas menores de edad,
en 24 estados de los Estados Unidos se aplica esta medida contra personas menores
de 18 años al cometer el delito. Desde 1990 han sido sentenciados y ajusticiados
5 menores de edad, teniendo este país la primacía en el mundo
en cuanto al número de menores ejecutados, con respecto a los países
que aplican este tipo de medida contra menores (Arabia Saudita, Irán,
Yemen e Irak)..
· Estados Unidos como principal ejecutor de la pena de muerte..
Mientras Cuba se sumó a la moratoria sobre la pena de muerte desde 1998
y ejecutó de forma excepcional a los tres secuestradores de la lancha
Baraguá, los Estados Unidos ostentan actualmente el record de ejecutados.
Algunas cifras evidencian esta afirmación:
Año-Número de sentenciados
1994-200
2000-226
2001-155
2002-155 (*)
296 (promedio anual)
Datos de la Oficina de Estadísticas Judiciales de Estados Unidos.
(*) Estimado de Richard Dieter, Director Ejecutivo del Centro de Información
sobre la Pena de Muerte en EE UU..
Actualmente esperan la pena de muerte cerca de 3 300 personas en los corredores
de la muerte de las prisiones norteamericanas. .
Como puede observarse, la Unión Europea tiene suficiente información
para juzgar y condenar a los Estados Unidos por la aplicación desmedida
de la pena de muerte y por la violación sistemática de los derechos
humanos en su territorio. ¿Por qué no lo hace? ¿Por qué cambia
la vista y la dirige contra Cuba y otros países pobres? No creo que hagan
falta muchos comentarios al respecto. Todo es cuestión de conveniencia
o de miedo o de complicidad..
Mientras tanto, la justicia (la verdadera) espera impaciente y sale a las calles
a manifestar su condena a la ideologización de la campaña europea
por los derechos humanos y para solidarizarse con Cuba. Así lo harán
los amigos de Cuba (la injustamente acusada) en Europa, en los próximos
días, cuando celebren junto a los cubanos el 50 Aniversario del Asalto
a los Cuarteles Moncada y Carlos Manuel de Céspedes. Ese día,
si todavía la tienen, los leguleyos de la Unión Europea esconderán
la cara de vergüenza..