De: Igor Hevia Diez
igor@cpi.minrex.gov.cu
INFORME DE CUBA AL SECRETARIO GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA RESOLUCIÓN
56/9 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU.
"NECESIDAD DE PONER FIN AL BLOQUEO
ECONÓMICO, COMERCIAL Y FINANCIERO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
CONTRA CUBA"
La Habana, 13 de agosto de 2002.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
1. ALBORES, CONSOLIDACIÓN Y RECRUDECIMIENTO DEL BLOQUEO ESTADOUNIDENSE
A CUBA.
2. LA EXTRATERRITORIALIDAD EN LA POLÍTICA DE BLOQUEO.
3. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA SALUD, LA ALIMENTACIÓN Y LA EDUCACIÓN.
3.1 SALUD.
3.2 ALIMENTACIÓN.
3.3 EDUCACIÓN
4. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA EXPORTACIÓN Y LOS SERVICIOS.
5. LA SECCION 211 DE LA LEY ÓMNIBUS DE ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
DE 1999.
6. AFECTACIONES A OTROS SECTORES DE LA ECONOMÍA NACIONAL.
CONCLUSIONES
INTRODUCCIÓN
El pueblo cubano sigue siendo víctima del bloqueo genocida que le ha
impuesto el gobierno de los Estados Unidos de América en su afán
por
doblegar su apego al ejercicio de la libre determinación y su voluntad
de
independencia, justicia social y equidad. Por más de 42 años,
sucesivas
administraciones norteamericanas no han dudado en tratar de provocar el
hambre y las enfermedades entre el pueblo cubano, como recurso para tratar
de someter su espíritu de resistencia a la agresión y la anexión.
La política del bloqueo ha causado y continúa infligiendo serias
y onerosas
afectaciones al bienestar material, psíquico y espiritual del pueblo
cubano
y, a la vez que limita su desarrollo económico y social, ha obligado
a
sucesivas generaciones de cubanos a vivir bajo un clima de permanente
hostilidad y tensión. Seis de cada diez cubanos han nacido y vivido
bajo las
condiciones impuestas por esta política.
La guerra económica de los Estados Unidos contra Cuba carece de todo
fundamento legal y, conforme a lo dispuesto en elinciso (c) del Artículo
II
de la Convención de Ginebra para la Prevención y la Sanción
del Delito de
Genocidio, del 9 de diciembre de 1948, califica como un acto de genocidio
y,
por consiguiente, constituye un delito de derecho internacional.
El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a Cuba por el
país más
poderoso en toda la historia de la humanidad, no sólo se mantiene,
sino que
ha sido recrudecido por decisión del actual gobierno del Presidente
George
W. Bush, quien ha hecho de la retórica anticubana y de los fuertes
compromisos asumidos con los grupos extremistas con sede en Miami, el
fundamento de sus acciones contra Cuba en busca de beneficios electorales
para sí y para su familia.
En una intervención pronunciada recientemente en la Casa Blanca, el
20 de
mayo del 2002, en ocasión de la conmemoración del centenario
de la
imposición a Cuba de un régimen de dominación neocolonial
por parte de
Estados Unidos, el Presidente Bush declaró abiertamente que "Estados
Unidos
continuará haciendo cumplir las sanciones económicas sobre Cuba".
Si alguien aún albergaba dudas acerca de la continuidad y el recrudecimiento
en la aplicación de la política estadounidense de bloqueo contra
el pueblo
cubano, pudo encontrar la más clara respuesta en dichas declaraciones
del
Presidente Bush, que repitiera el mismo día en Miami.
Es a la luz de estas circunstancias, que la Asamblea General de las Naciones
Unidas nuevamente deberá examinar, durante el 57 período de
sesiones, este
tema de su Programa, después de diez años en que ese mismo órgano
aprobara
por primera vez una resolución que solicita al gobierno de los Estados
Unidos poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero contra
el
pueblo cubano. Para ello, cabría preguntarse:
¿Cómo pudo crearse a lo largo de estos años un sistema
tan meticuloso e
infernal para impedir a todo un pueblo acceder a los alimentos y
medicamentos esenciales producidos en el principal mercado del mundo, máxime
si se toma en cuenta que algunos de ellos son únicos y no pueden ser
suministrados a precio alguno por otro proveedor?
¿Cómo podría admitirse que a un pueblo le siga siendo
negado el acceso a
tecnologías y piezas de repuesto, a equipos médicos y literatura
científica
imprescindibles para la plena realización del derecho humano a la salud?
¿Cómo podrían justificarse esas prácticas, ya
no sólo frente a las normas
universales de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario,
sino incluso vistas a la luz de los principios de la liberalización
económica y comercial que promueven los países industrializados,
incluidos
los Estados Unidos, en el marco del proceso de globalización en curso?
A lo largo de este informe se tratará de dar respuesta a estas
interrogantes, y la Asamblea General derivará sus propias conclusiones
de la
información que aquí se reseña.
1. ALBORES, CONSOLIDACIÓN Y RECRUDECIMIENTO DEL BLOQUEO ESTADOUNIDENSE
A CUBA.
Los últimos 200 años han planteado a la nación cubana
difíciles desafíos, en
particular a partir del peligro que históricamente han representado
las
pretensiones de anexión y dominación de Cuba por parte de los
sectores más
conservadores de poder en los Estados Unidos. Bastaría con un somero
atisbo
a la historia, para encontrar sobrados testimonios de las verdaderas
intenciones que han guiado la política estadounidense hacia Cuba. Estados
Unidos no ha escatimado recurso alguno en sus planes hegemónicos,
especialmente después del triunfo de la Revolución Cubana en
1959.
La política de aplicar sanciones económicas ha constituido
un eslabón
fundamental de la hostilidad de los Estados Unidos contra Cuba. La decisión
de promover el hambre, las enfermedades y la desesperación del pueblo
cubano
como herramientas para alcanzar sus fines de dominación política,
no sólo se
ha mantenido, sino que se ha recrudecido en estos últimos cuarenta
años.
Cuba ha estado sometida a una política brutal de hostilidad y agresiones
de
todo tipo por parte de la superpotencia, cuyo propósito estratégico
no ha
sido otro que la liquidación de la Revolución Cubana y la destrucción
del
sistema político, económico y social establecido, sostenido
y perfeccionado
permanentemente por la libre voluntad de su pueblo.
Para lograr su propósito, las sucesivas administraciones estadounidenses
desde 1959, han recurrido a todo tipo de presiones políticas; intentos
de
aislamiento diplomático; acciones propagandísticas; aliento
a la deserción y
a la emigración ilegal; espionaje; guerra económica y agresiones
de la más
diversa índole, incluidas la subversión, las acciones terroristas
y de
sabotaje, la guerra biológica, el fomento de las bandas armadas y las
infiltraciones e incursiones criminales contra territorio cubano, el
hostigamiento militar, la amenaza de exterminio nuclear y hasta la agresión
directa mediante el empleo de un ejército mercenario.
Ni una sola actividad económica y social cubana ha quedado exenta
de la
acción destructora y desestabilizadora resultante de la política
agresiva de
los Estados Unidos. Cifras conservadoras apuntan a que el valor de las
afectaciones a Cuba por la aplicación de esta política genocida
supera ya
los 70 mil millones de dólares. Estas cifras no incluyen los más
de 54 mil
millones de dólares reportados como daños directos ocasionados
a objetivos
económicos y sociales del país durante las últimas cuatro
décadas, por los
sabotajes y acciones terroristas llevadas a cabo por agentes al servicio de
los Estados Unidos, toleradas por dicho país u organizadas y financiadas
desde su territorio.
Como ya se ha denunciado en informes anteriores, en 1992 se agravaron las
dificultades que enfrentaba la economía cubana a partir de la
desarticulación de los vínculos con sus antiguos socios comerciales
de la
desaparecida Unión Soviética y de Europa del Este. Es en esa
coyuntura que
se aprueba la llamada Ley Torricelli, con el objetivo de aislar totalmente
a
Cuba del entorno económico internacional y hacer colapsar su economía.
Las
disposiciones contenidas en esa legislación, de carácter profundamente
extraterritorial, constituyen una flagrante violación de las normas
internacionales que rigen la libertad de comercio y navegación y reflejan
el
desprecio e irrespeto hacia la soberanía de terceros Estados.
En 1996, insatisfecho aún por no haber logrado el colapso del sistema
político y económico del país con la enmienda Torricelli,
el gobierno de
los Estados Unidos da un paso más en su escalada de acciones hostiles
y
agresivas hacia el pueblo cubano. Ese año se promulga la Ley Helms-Burton,
en la cual se integran los principales programas y políticas que había
estado promoviendo la ultraderecha estadounidense y la mafia terrorista
cubano americana contra el pueblo cubano y su proyecto emancipador.
La Ley Helms-Burton, injerencista por su naturaleza y por su letra, pretende
dictar en sus Títulos I y II, cómo debe ser el ordenamiento
político,
económico y social de un Estado soberano vecino, Cuba, al tiempo que
promueve la subversión como vía para lograr sus propósitos,
mientras que en
sus Títulos III y IV intenta internacionalizar el bloqueo imponiéndole
normas y reglas a la comunidad internacional sobre cómo desarrollar
las
relaciones económicas con la nación cubana, y estableciendo
sanciones contra
ciudadanos de otros países por sostener negocios con Cuba.
Estas leyes y regulaciones que afectan a nuestro país y que, además,
extienden su acción contra toda la comunidad internacional, han sido
complementadas con ulteriores disposiciones y medidas dirigidas al
recrudecimiento del bloqueo. Entre las acciones más recientes, debe
llamarse
la atención acerca de la instrumentación de nuevos mecanismos
de control y
monitoreo para hacerlas más efectivas.
El arribo al poder de la Administración del Presidente George W. Bush,
ha
significado un recrudecimiento de la retórica anticubana y un mayor
comprometimiento con la Fundación Nacional Cubano-Americana y otras
organizaciones extremistas del Estado de La Florida, cuyas acciones
terroristas y anexionistas son bien conocidas, y ha traído como resultado
un
endurecimiento de la política de bloqueo contra el pueblo cubano.
La actual Administración estadounidense se ha propuesto lograr a toda
costa
la aplicación más rigurosa de las regulaciones del bloqueo,
en particular de
la Ley Helms-Burton, tanto en sus aspectos económicos como políticos.
Las
sanciones y restricciones económicas han estado acompañadas
de nuevas
iniciativas para la promoción, organización y el financiamiento
de la
subversión interna en la Isla, valiéndose de la Sección
de Intereses que
mantiene Estados Unidos en La Habana, de los recursos de la Agencia de los
Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y otros fondos
oficiales, y de los recursos que brinda la Administración a organizaciones
que, como Freedom House, fomentan la subversión y la injerencia en
el
territorio de la República de Cuba. Este año, el Gobierno del
Presidente W.
Bush ha llegado incluso a emitir una convocatoria pública para el
otorgamiento de los recursos federales disponibles para el financiamiento
de
proyectos de subversión interna en Cuba, ofreciendo millones de dólares
por
cada proyecto presentado.
Uno de los aspectos más notables de la acción anticubana de
la
Administración del Presidente W. Bush ha sido el tema de la restricción
de
la libertad de viajes mediante las sanciones y las amenazas contra los
ciudadanos norteamericanos que desean viajar a Cuba,actos que se han
recrudecido durante los últimos 18 meses, cuando el gobierno de los
Estados
Unidos ha sometido a procesos judiciales y multas a un número creciente
de
ciudadanos estadounidenses. Baste decir que si bien del 3 de enero al 3 de
mayo del año 2001, un lapso de cuatro meses, el Departamento del Tesoro
envió 74 cartas a ciudadanos norteamericanos que se atrevieron a viajar
a
Cuba sin permiso, imponiéndoles multas por 7,500 USD como promedio,
en los
tres meses siguientes, del 4 de mayo al 31 de julio del propio año,
se
enviaron 443 cartas de esta naturaleza.
A modo de ejemplo, baste citar el caso del Sr. Cevin Allen, ciudadano
estadounidense, quien ha sido una de las víctimas de las sanciones
impuestas
por el gobierno norteamericano por viajar a Cuba. El pasado año, en
audiencia del Comité de Asignaciones del Senado, este ciudadano compareció
para dar a conocer su caso. Por las insólitas e inhumanas circunstancias
asociadas al mismo, se presentan a continuación algunos de sus detalles
:
Residente en Sammamish, Washington, el Sr. Allen vivió en Cuba entre
1948 y
1955, con sus padres, que eran misioneros de la iglesia Pentecostal. Estos
mantuvieron estrechos vínculos con la Isla después de su partida
hacia
Estados Unidos. En 1987, un lamentable incendio provocó la muerte de
sus
padres. En esos momentos Allen prometió que traería sus cenizas
a Cuba, el
lugar que ellos siempre habían amado, lo cual pudo cumplir diez años
después. A su regreso, se le impusieron multas a él y a su acompañante
por
valor de 7500 dólares cada una, las cuales fueron rebajadas a 700 dólares
tras una intensa batalla legal.
El Presidente George W. Bush, en la intensificación de su accionar
anticubano, ha designado y promovido a funcionarios de origen cubano,
incluso a algunos con antecedentes terroristas, a cargos claves en su
gabinete o dentro del Departamento de Estado. Estos son parte activa o se
relacionan estrechamente con la llamada Fundación Nacional Cubano Americana
(FNCA) y otras organizaciones de ultraderecha de La Florida, cuya naturaleza
terrorista ha sido denunciada y probada.
Durante los últimos años, el gobierno de los Estados Unidos
ha pretendido
confundir a la opinión pública internacional con una supuesta
flexibilización de las regulaciones del bloqueo que, según aducía,
permitirían la venta a Cuba de alimentos y medicamentos. Sin embargo,
como
señalamos en anteriores informes al Secretario General, las restricciones
impuestas para llevar a cabo las transacciones que posibiliten estas compras
por parte de Cuba, y los condicionamientos asociados, impidieron e impiden
llevarlas a cabo, aún cuando exista la voluntad de Cuba de realizarlas
y el
interés por parte de los productores estadounidenses en efectuar las
ventas.
A fines del pasado año, tras las consecuencias del más devastador
huracán
que haya azotado a Cuba, en un gesto calificado en su oportunidad como
amable por las autoridades cubanas, la Administración estadounidense
no
objetó la venta de cierta cantidad de alimentos al país, adquiridos
para
reponer las reservas utilizadas para enfrentar la necesaria atención
a los
damnificados por el Huracán Michelle.
Este hecho aislado motivó la falsa expectativa en diversos medios,
entre
ellos el propio empresariado estadounidense, de que se había emprendido
un
camino favorable a una política menos hostil de Estados Unidos hacia
Cuba.
Sin embargo, lo cierto es que las compras tuvieron que efectuarse con
estrictas licencias del Departamento del Tesoro, en efectivo, y sin
financiamiento alguno, ni siquiera privado, a la par que su transportación
sólo pudo realizarse en buques norteamericanos y de terceros países,
excepto
de Cuba, o sea, que en ellas se mantuvieron las múltiples restricciones
que
impone el bloqueo. Adicionalmente, en el mes de abril del presente año,
el
gobierno de los Estados Unidos, de forma unilateral, canceló los visados
de
los empresarios cubanos que negociaban nuevas compras con las compañías
norteamericanas que habían efectuado ventas a Cuba en meses recientes,
y
otras interesadas.
Vale también recordar los complejos procedimientos que han regido
y rigen
estas ventas. De una parte, los productos que las compañías
norteamericanas
exportarán a Cuba deben cumplir los requisitos establecidos para las
exportaciones, deberá existir un contrato escrito y los embarques deberán
realizarse en el término de un año a partir de la firma del
contrato.
Asimismo, los exportadores estadounidenses deberán realizar previamente
una
notificación, mediante la presentación de un modelo o planilla,
o su
equivalente electrónico, con la información que solicita el
Departamento de
Comercio, en particular el Buró para el Control o Administración
de las
Exportaciones (BXA), oficina que referirá la notificación a
las restantes
agencias gubernamentales de los Estados Unidos, como el Departamento de
Defensa, el Departamento de Estado y presumiblemente al Consejo de Seguridad
Nacional y otras entidades en algunos casos, que serán las que
definitivamente decidirán, mediante un dictamen político, la
realización de
las ventas, procedimiento totalmente ajeno a las normas que deben regir el
comercio entre países.
No es posible concebir racionalmente el desarrollo del comercio entre dos
Estados soberanos, sin que exista entre ambos un régimen normal de
relaciones inter-empresariales, que permita la negociación, un normal
flujo
financiero, el transporte aéreo y marítimo, el beneficio de
fórmulas
habituales de apoyo al comercio exterior y el imprescindible acceso a
créditos.
Pero más aún, y para que no existiera la menor duda, tanto funcionarios
del
Departamento de Estado, como el propio Presidente de los Estados Unidos se
encargaron inmediatamente de aclarar que independientemente de dichas
ventas, el bloqueo seguía en pie, sin modificación alguna y
que, por el
contrario, se produciría una revisión de la política
hacia Cuba, con el
declarado objetivo de reforzar las medidas de coerción económica
y las
sanciones vigentes.
En violación de los más elementales principios de la libertad
de comercio,
la Ley de Reforma de Sanciones Comerciales aprobada en octubre del año
2000,
si bien permite bajo ciertas condiciones la venta de alimentos y medicinas
a
nuestro país, también establece importantes restricciones en
adición a las
ya previstas en leyes anteriores. Esta Ley exige al Departamento de Comercio
controlar las exportaciones de los productos agrícolas y del sector
de la
salud mediante la emisión de licencias, las cuales se encuentran bajo
el
control del Departamento del Tesoro, en particular de su Oficina para el
Control de Bienes Extranjeros. Los productos que sean autorizados para ser
exportados hacia Cuba, deberán cumplir determinados requerimientos
de
control y clasificación, atendiendo a las disposiciones dictadas por
consideraciones de "seguridad nacional".
En el transcurso de este procedimiento, y en cumplimiento de la sección
906
de la Ley en cuestión, puede rechazarse la exportación de productos
agrícolas a cualquier entidad en Cuba alegando razones de seguridad
nacional. En cuanto a la moneda de pago, en las regulaciones no aparece
definida la autorización para la utilización del dólar
estadounidense en las
compras por parte de las entidades cubanas. Las operaciones se realizan a
través de bancos ubicados en terceros países y en otras monedas,
fundamentalmente en euros, con las consiguientes pérdidas para Cuba
en las
operaciones cambiarias.
En relación con los productos del sector de la salud, se continúan
aplicando
las disposiciones de la Ley Torricelli. Los exportadores requieren de una
licencia específica, concedida caso a caso, con vigencia de 24 meses.
El
otorgamiento de las licencias se condiciona a que el gobierno de los Estados
Unidos sea capaz de monitorear y verificar mediante inspecciones in situ u
otros medios, el usuario final del producto.
Por otro lado, solamente en el transcurso de este año se han introducido
en
el Congreso norteamericano 25 iniciativas legislativas contra Cuba, que, de
ser aprobadas, seguirán profundizando aún más, si ello
fuera posible, el
bloqueo contra la Isla.
Sin embargo, paralelamente con este irracional comportamiento, existen
diversas iniciativas legislativas a favor del levantamiento de las sanciones
económicas unilaterales, que son el resultado, entre otros procesos,
del
incremento de las gestiones de los representantes del sector agrícola
para
encontrar nuevos mercados donde ubicar sus productos. Cada vez son más
los
sectores sociales y económicos estadounidenses que exigen el levantamiento
del bloqueo, que no sólo afecta al pueblo cubano, sino a intereses
de los
sectores económicos norteamericanos y al propio pueblo de ese país.
El pasado 21 de marzo se anunció de manera oficial la creación
del Grupo de
Trabajo sobre Cuba (GTC) en la Cámara de Representantes, primero de
su tipo
en el Congreso norteamericano en más de cuatro décadas. El GTC
ha estado
promoviendo la eliminación de las restricciones para el financiamiento
privado de las ventas agrícolas a nuestro país, la libertad
de viajes y la
eliminación de la Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones
Presupuestarias de 1999, que ha permitido el robo de marcas comerciales
cubanas, en franca violación de las legislaciones sobre propiedad
intelectual.
Cada día se suman más voces al rechazo de la política
de bloqueo a Cuba. La
prensa, las iglesias, el sector empresarial, y el propio ciudadano común,
se
cuestionan por qué se trata como enemigo a un país, por demás
vecino, que no
constituye una amenaza para los Estados Unidos.
La continuada aplicación de esta política agresiva y de bloqueo
por parte
del Gobierno de los Estados Unidos, sólo demuestra su arrogancia e
irrespeto
por los valores compartidos por la comunidad de naciones, y constituye un
claro desafío y un verdadero desprecio a los propósitos y principios
contenidos en la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional.
2. LA EXTRATERRITORIALIDAD EN LA POLÍTICA DE BLOQUEO.
El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados
Unidos
de América a la República de Cuba, tuvo desde el mismo momento
de su
instrumentación en 1960, un carácter extraterritorial, violando
los
principios vigentes del Derecho Internacional y, en particular, pisoteando
el derecho soberano de las naciones de llevar a cabo sin interferencias sus
relaciones económicas, comerciales y financieras. Estados Unidos se
arrogó
el derecho de legislar por y para otros países en sus relaciones con
Cuba,
llegando a atribuirse la capacidad de certificar la conducta y acciones de
otros Estados.
En la base de esta política de efecto extraterritorial llevada a cabo
por la
potencia más poderosa del planeta, se encuentra su selectiva y
discriminatoria interpretación del concepto de la soberanía
de los Estados,
principio definido y aceptado universalmente desde el Congreso de Westfalia
de 1648, como la potestad de un Estado de decidir sobre sus asuntos internos
y externos, que conlleva al propio tiempo el respeto a la soberanía
de los
otros Estados.
El enfoque selectivo y el doble rasero que caracterizan las posiciones de
Estados Unidos en relación con el respeto a la soberanía de
otros Estados,
se ponen de manifiesto sin el menor reparo en la aplicación de su política
unilateral de bloqueo a Cuba.
Lo peor en todo esto, es que la aplicación extraterritorial de la
política
de bloqueo contra Cuba no constituye un hecho aislado, sino parecería
constituir un recurso común en la estrategia de dominación hegemónica
del
imperialismo norteamericano.
En los inicios de la década de 1990, se intentó fabricar un
marco argumental
que sirviera de soporte a la aplicación extraterritorial del bloqueo.
La
adopción de la denominada Ley para la Democracia Cubana de 1992, conocida
como Ley Torricelli, marcó un primer momento cualitativamente importante
en
esa dirección, seguida más tarde, en 1996, por la Ley Helms-Burton,
que
elevaría a un estadío superior la extraterritorialidad en sus
disposiciones
de aplicación.
La Ley Torricelli establece prohibiciones y sanciones aplicables a las
compañías subsidiarias extranjeras o afiliadas a empresas norteamericanas,
aún cuando estén radicadas y organizadas en terceros Estados
y por tanto
operen bajo las leyes y jurisdicción de éstos.
Era conocido que Cuba, por la vía de las subsidiarias, adquiría
productos
vitales como medicinas y alimentos, lo que permitía cierto alivio en
el
impacto de la política de bloqueo.
En aquel momento, 107 casas matrices norteamericanas estaban interesadas
en
mantener un intercambio comercial con Cuba y podían acceder al mercado
cubano. En el año 1991, el volumen de intercambio ascendía a
718 millones
de dólares, del cual el 90.6% era de alimentos y medicinas. La Ley
Torricelli se encargó de privar al pueblo cubano del acceso a esos
productos.
Dicha Ley contemplaba prohibiciones a buques para la entrada a puertos
estadounidenses y la inclusión en una "lista negra", de aquellos
que
transportaran mercancías a Cuba o por cuenta de Cuba, violando así
las más
elementales normas de la libertad de comercio y navegación que recogen
el
Derecho Internacional y los acuerdos internacionales de las Naciones Unidas.
La llamada Ley Helms-Burton, aprobada en 1996, institucionalizó y codificó
numerosas disposiciones existentes anteriormente en forma de leyes,
decretos, órdenes presidenciales, regulaciones y otras, que habían
sido
elaboradas a través de decenios.
Dicha ley, que otorga el "derecho" al Gobierno de Estados Unidos
de decidir
sobre el futuro político del pueblo cubano, instituyendo condiciones
para la
legitimidad de "un gobierno de transición" y los requisitos
que debe
cumplir un "gobierno elegido democráticamente", reserva para
el Presidente
de los Estados Unidos poderes que sólo competen al propio pueblo cubano.
Sencillamente, Estados Unidos se arroga la capacidad de decidir, oficial y
públicamente, sobre los asuntos que se suponen sean atributos exclusivos
de
la soberanía cubana. En realidad, con esta ley, se ha pretendido retrotraer
la historia a los tiempos en que Estados Unidos impuso a Cuba, mediante la
denominada "Enmienda Platt", el reconocimiento de su derecho a intervenir
en
nuestro país como condición para conceder la independencia tutelada
del
pueblo cubano en 1902.
En la misma se establecen sanciones como la retirada del visado para entrar
a los Estados Unidos a los empresarios de terceros países que tengan
negocios con Cuba y a sus familiares. También se establece el derecho
de
personas que eran ciudadanos cubanos el 1ro de enero de 1959 y emigraron a
los Estados Unidos, adquiriendo después la ciudadanía estadounidense,
a
presentar demandas en Cortes norteamericanas contra empresarios de terceros
países que tengan negocios en Cuba, en las propiedades de aquellos
que
fueron nacionalizadas, y a los que la Ley los considera "traficando"
con
dichas propiedades.
Los efectos extraterritoriales del bloqueo se sienten en todas las esferas
de la cooperación internacional, incluyendo a las propias Naciones
Unidas y
sus agencias especializadas. Existen suficientes ejemplos que así lo
demuestran, como los que se enuncian a continuación:
La Facultad de Ciencias Médicas "Dr. Miguel Enríquez",
ubicada en La Habana,
ejecuta un proyecto de inversión con financiamiento de la Universidad
Georg
August de Goettingen, de Alemania, para el establecimiento del Laboratorio
Central de Líquido Cefalorraquídeo (LABCEL), con el objetivo
de realizar
exámenes en este líquido biológico con tecnología
de punta, lo cual
redundará en beneficio de la población cubana. Este laboratorio
tendrá
funciones asistenciales, de investigación y de docencia para pre y
posgraduados, tanto para nacionales como para extranjeros.
La Casa Matriz Beckmann-Coulter de Estados Unidos, prohibió en febrero
del
2001 a su filial en Europa, que enviase un nefelómetro láser
de última
generación tipo IMMAGE al proyecto LABCEL de Cuba, bajo el enunciado
de la
Ley Helms-Burton. La casa matriz llegó a amenazar a su filial europea
de
prohibirle el derecho de exportación, si ese equipo era enviado a Cuba.
Por
ello, Cuba se ha visto privada de este equipo, que constituye la base del
proyecto, el cual ha visto retrasado en más de 1 año la puesta
en marcha de
dicho laboratorio.
En el informe del año 2001, Cuba denunció cómo en el
marco de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones (UIT), se le negaba el derecho a
participar en el Proyecto Global de este organismo WISEWORLD 2000, que
ofrecía a los países en desarrollo la posibilidad de recibir
un programa
informático para la emisión de certificados digitales, así
como técnicas de
criptografía de uso comercial.
Este año la Representación Permanente de los Estados Unidos
ante el
Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) entregó
una carta
dirigida al Director General del OIEA, Dr. Mohammed El Baradei, fechada el
10 de mayo de 2002, con la solicitud de ese Gobierno de que los fondos
financieros entregados por los Estados Unidos para actividades de
colaboración del OIEA no fueran empleados en proyectos con Cuba, en
virtud
de la Sección 307 de Ley de Asistencia Extranjera de los Estados Unidos.
Esta acción contraviene los Estatutos del OIEA.
Cuba continuará denunciando la extraterritorialidad de la política
de
Estados Unidos y reclamando el cumplimiento estricto del derecho
internacional, en particular del derecho a la libre determinación de
los
pueblos y a la soberanía de los Estados.
3. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA SALUD, LA ALIMENTACIÓN Y LA EDUCACIÓN.
Desde el inicio de la aplicación del bloqueo a Cuba, en los albores
de la
década del sesenta, el Sistema de Salud y Educación, y la realización
del
derecho a la Alimentación del pueblo cubano han sido objetivos priorizados
de las agresiones norteamericanas. Las acciones dirigidas a crear
condiciones que promuevan el hambre y las enfermedades y con ello socavar
el
apoyo popular a la Revolución Cubana, han figurado de manera constante
en
los planes y programas concretos de la guerra sucia contra Cuba.
3.1 SALUD.
El bloqueo y la política hostil de sucesivos gobiernos norteamericanos,
han
causado graves daños al Sistema Nacional de Salud cubano, entorpeciendo
la
adquisición de tecnologías, medicamentos, materias primas, reactivos,
medios
de diagnóstico, equipos y piezas de repuesto, así como medicamentos
para el
tratamiento de enfermedades graves, traumatizantes y penosas como el cáncer,
entre otras.
Las consecuencias de estas carencias en muchos casos han resultado
dramáticas, no sólo por el sufrimiento humano de los pacientes
y sus
familiares, sino porque el personal médico se ha visto imposibilitado
de
salvar una vida o aliviar una dolencia.
Cuba ha denunciado reiteradamente los daños ocasionados al sistema
de salud
cubano por el bloqueo de los Estados Unidos, lo que continuaremos haciendo
mientras perdure esta política genocida. En este informe, se referirán
algunos casos que ilustran las consecuencias referidas. Sin embargo,
conviene llamar la atención sobre uno de estos ejemplos, que bastaría
por si
solo para demostrar lo que se afirma:
La Fiscalía Federal, bajo la dirección del Departamento de
Justicia de
Estados Unidos, declaró culpable al ciudadano canadiense James Sabzali
y a
los estadounidenses Donald E. Brodie y Stefan E. Brodie, ejecutivos de la
compañía Purolite por "violar el bloqueo contra Cuba".
Tras cinco años de
investigaciones sobre sus negocios con nuestro país, el Sr. Sabzali
podría
enfrentar hasta 205 años de cárcel.
¿Acaso el Sr. Sabzali vendió a Cuba algún producto que
fuera un secreto
estratégico de ese país? Nada más lejos de la realidad.
Aunque parezca
insólito, el delito que se imputa a los ejecutivos mencionados es haber
vendido a nuestro país los materiales empleados para purificar el agua
potable que se suministra a la población para su consumo directo.
Otro ejemplo que amerita ser comentado por su impacto negativo en la salud
del pueblo cubano, es el siguiente:
La firma norteamericana "Rashkind" produce un catéter denominado
"catéter
balón" utilizado en la fetostomía, procedimiento pediátrico
de gran
complejidad. Cuba, al no poder comprarlo en los Estados Unidos, tiene que
importarlo de Canadá, provocando que el precio de 110.00 dólares
por unidad
se incremente a 185.00 dólares, sin contar el costo de transportación.
Existe un grupo numeroso de medicamentos directamente relacionados con la
supervivencia de los pacientes, tales como antibióticos, antimicóticos
y
reguladores inmunológicos, producidos por firmas norteamericanas, que
no
están disponibles en nuestras salas de terapia, porque oficialmente
no
pueden ser importados desde ese país ni comprados a terceros.
Cuba no puede adquirir tecnologías de punta que controla Estados Unidos
como
la Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria para el Programa de Atención
al
Paciente Renal Crónico, inmunosupresores modernos como el FK506, el
Micofenolato Mofetil, y los Dializadores con membranas sintéticas,
entre
otras tantas.
Algunas Compañías como Baxter, Healthcare, Drake Willock, Vitalmex
Interamericana S.A., proveen sus productos en mercados cercanos con alto
desarrollo tecnológico. Sin embargo, tienen prohibido vender equipos,
materiales gastables y accesorios a Cuba. Las máquinas de diálisis
reconstruidas y otros equipos para los cuidados terciarios, si pudieran
adquirirse en los Estados Unidos, ahorrarían a Cuba entre un 66% y
un 75%
del costo de una máquina nueva.
La Compañía norteamericana One-Lambda, produce lo que los médicos
cubanos
consideran el más útil kit para los tipajes HLA (Histocompatibility
Lymphocyte Antigen), esenciales para determinar la compatibilidad de un
candidato a trasplante de riñón con los posibles donantes. Cuba
no puede
comprar estos kits, que permiten hacer las pruebas de 70 especialidades y
requieren solamente de 2 a 3 ml de sangre del paciente.
En abril del 2001, la División de Vitaminas de Roche informó
que el Gobierno
norteamericano no le permitía despachar directa o indirectamente ningún
producto manufacturado en ese país con destino a Cuba. La firma Roche
solamente produce la Vitamina A (Acetato) en los Estados Unidos, por lo que
el contrato fue cancelado. Algo similar ocurrió con la firma Anaquim,
suministradora de pegamento para las etiquetas de los frascos utilizados en
hemoderivados, la cual también canceló su contrato con Cuba.
Las limitaciones en esta esfera han constituido una seria amenaza para la
salud de la población cubana, provocando serias dificultades para el
enfrentamiento de enfermedades como la hepatitis, las enfermedades del
tracto gastrointestinal y el dengue. Desde agosto del año 2001, el
Gobierno
cubano ha tratado de obtener ofertas de plaguicidas para combatir el
mosquito Aedes Aegypti, transmisor del dengue, y por el solo hecho de que
la
planta productora de la misma se encuentra en territorio norteamericano, se
nos ha negado el derecho a su adquisición.
Esta realidad no es nueva. En 1981, y ante una epidemia de dengue
hemorrágico introducido en Cuba por un agente de los grupos terroristas
que
aún hoy actúan contra Cuba desde los Estados Unidos, el Gobierno
norteamericano también negó al gobierno cubano la compra de
insumos y
equipos para la lucha contra esta peligrosa enfermedad. Baste solo recordar
que, víctimas de esa epidemia, fallecieron 151 personas, de ellas 101
niños.
Son múltiples las afectaciones ocasionadas en el desarrollo de nuestros
recursos humanos en el área de la salud, por las restricciones y
prohibiciones al intercambio científico y los obstáculos para
la obtención
de financiamiento para programas de investigación y superación
profesional.
Se mantiene la negativa reiterada de visas a científicos cubanos para
viajar
a EE.UU., se continúa limitando el acceso a información científica,
la
participación de los investigadores cubanos en actividades, cursos
y eventos
de este tipo, así como se mantiene la prohibición a personalidades
norteamericanas de la ciencia de viajar a Cuba.
El ejemplo más reciente es el caso de investigadoras del Centro de
Inmunología Molecular, especializadas en el desarrollo de nuevos
tratamientos (vacunas y anticuerpos) contra el cáncer, quienes debían
viajar
a la ciudad de Orlando, en la Florida, para participar en el Encuentro Anual
de la Sociedad Americana de Oncología Clínica, que se realizaría
entre el
18 y el 21 de mayo. Solo en los últimos dos años, el Gobierno
de Estados
Unidos ha negado visas en más de 6 ocasiones a científicos de
dicho Centro.
Como se indicó anteriormente, a fines del año pasado el gobierno
norteamericano no objetó la venta a Cuba de algunas cantidades de medicinas
y materias primas para producirlas.
Sin embargo, lo cierto es que la empresa importadora de medicamentos e
insumos médicos "MEDICUBA" contactó con 17 firmas
y entidades
norteamericanas con solicitudes de medicamentos que se requerían con
urgencia para reponer las reservas movilizadas en función de las
afectaciones provocadas por el huracán Michelle y la respuesta no fue
satisfactoria.
De las 17 firmas contactadas: 8 no respondieron, 4 expresaron interés,
pero
no llegaron a ofertar, 1 señaló que no podía ofertar
porque no tenía
instrucciones de su gobierno (Pharmacia & Upjohns) y las otras 4 ofertaron,
pero no se pudieron concluir las operaciones, ya que los precios eran
excesivamente altos en relación con los del mercado mundial, excepto
en un
producto, en el que se desestimó la operación por lo dilatado
de las
negociaciones.
Cuba considera que las razones de este comportamiento hay que buscarlas,
no
en una negativa posición de estas compañías hacia el
comercio con Cuba, sino
en la existencia durante varias décadas de prohibiciones draconianas
y de un
sofisticado sistema gubernamental para perseguir y sancionar severamente
cualquier mínima seña de desobediencia, que aún hoy provoca
temor entre las
compañías norteamericanas y les impide intentar vender medicamentos
a Cuba,
aún bajo el anticuado e inoperante sistema de licencias.
3.2 ALIMENTACIÓN.
Como ya se mencionó, una de las esferas que tradicionalmente ha sido
afectada por las restricciones impuestas por el bloqueo de los Estados
Unidos contra Cuba, es la de las importaciones de productos alimenticios con
destino a la población y al consumo social, lo que limita la cantidad
y
calidad de éstos e incide directamente en el nivel alimentario y nutricional
de los cubanos y por ende, en su salud.
Las afectaciones a nuestra economía durante el año 2001 en este
importante
sector como consecuencia del bloqueo se elevaron a 233.7 millones de
dólares.
De esta cifra, 103.0 millones de dólares corresponden a las afectaciones
registradas en las importaciones de los alimentos básicos de la dieta
de la
población, cuyos precios internos de venta son subsidiados por el Estado,
así como los asignados al consumo social gratuitamente en centros escolares,
hospitalarios, círculos infantiles y hogares de ancianos, entre otros.
Esta cifra de incidencia tan sensible, se desglosa de la forma siguiente:
* 38 millones de dólares por concepto de diferencia de precios con
relación a otros mercados, los únicos que estaban a nuestro
alcance y cuyos
costos en tales circunstancias se elevaban artificialmente;
*
* 30 millones en costos de transportación debido a las enormes
distancias que debían recorrer los alimentos procedentes de otros mercados;
y
*
* 35 millones por los costos financieros de las operaciones,
considerablemente elevados a causa del bloqueo.
Adicionalmente, al mantenerse en vigor por espacio de 40 años de manera
ininterrumpida, la imposibilidad para el país de realizar operaciones
en
dólares estadounidenses en el mercado internacional, se incrementa
notablemente el costo de las transacciones, teniendo las entidades cubanas
que asumir las fluctuaciones de las monedas y las comisiones que cobran los
bancos por este tipo de servicio. Por tal motivo y sólo para que se
tenga
una idea, si bien los costos de los créditos para la importación
de
alimentos en el mercado internacional ascienden aproximadamente a un 6%; a
Cuba se le aplica entre un 9% y un 15%, como consecuencia de los riesgos a
que se exponen los bancos y los proveedores que nos ofrecen financiamiento.
Ello significa sustanciales erogaciones adicionales cada año.
Por otra parte, la obligatoriedad de que las operaciones se realicen en una
sola dirección, impidiendo cualquier exportación de Cuba hacia
los EE.UU.,
implica que habría podido incurrirse en ahorros sustanciales, si los
buques
pudiesen regresar con cargas de exportaciones cubanas hacia ese país.
De
hecho, a modo de ejemplo, en el caso de las cargas a granel, podría
registrarse un ahorro de aproximadamente el 36% en los costos de
transportación, debido a que se realizan erogaciones del orden de 15,50
dólares por TM por concepto de flete, cuando la cifra pudiera reducirse
a
aproximadamente unos 10.00 dólares por TM, si los barcos pudieran tomar
cargas de retorno hacia los EE.UU.
Por si no resultara suficiente la prohibición a las exportaciones cubanas
hacia el mercado de EE.UU., hay que significar que las licencias emitidas
por el Departamento del Tesoro para autorizar a los buques de cualquier
nacionalidad a transportar los alimentos cuya exportación a Cuba haya
sido
aprobada por las agencias del gobierno de EE.UU., impiden explícitamente
la
carga de cualquier producto en puerto cubano, no sólo al mercado de
EE.UU.,
sino cualquiera que fuese su destino.
A lo anterior, habría que añadir el hecho de que la visita de
cada
empresario de EE.UU. a Cuba para sostener negociaciones directas con sus
contrapartes, requiere de la correspondiente licencia del Departamento del
Tesoro para autorizar el viaje
Como se aprecia, puede afirmarse que las erogaciones adicionales ocasionadas
por el impacto del bloqueo en las importaciones de alimentos que Cuba
realiza, son del orden del 20 al 25% de su valor total, tratándose
de
recursos que pudieran ser destinados a la importación de mayores volúmenes
de leche en polvo, carne de ave, productos de soya, y otros igualmente
fundamentales para la alimentación de niños, ancianos y enfermos.
En otras palabras, si Cuba pudiera desarrollar el comercio con los EE.UU.
bajo condiciones normales desde todo punto de vista (posibilidades de
financiamiento, condiciones de transportación, y libre de requisitos
de
licencias) podría incrementarse el nivel de compras de alimentos a
los
agricultores norteamericanos en mas de 500 millones de dólares por
encima de
las compras que pueden realizarse mediante las licencias actuales.
Si como se proyecta, las importaciones de alimentos para satisfacer el
consumo de la población, el consumo social y el del turismo, crecieran
en
los próximos 5 años hasta llegar a niveles de entre 1200 y 1500
millones de
dólares, los beneficios de los agricultores norteamericanos y los
consumidores cubanos serian considerables en ambos sentidos.
Las afectaciones económicas ocasionadas por el bloqueo también
han
repercutido negativamente en la avicultura y la ganadería del país.
El consumo de carne de ave y huevos se ha visto drásticamente afectado.
Las
propias fuentes norteamericanas reconocen en sus estadísticas sobre
el
desarrollo de la Industria Avícola Mundial que en Cuba, el consumo
de carne
de ave y huevos durante 1990 era de 12.2 Kg y 10.3 Kg per cápita
respectivamente. Sin embargo, en el año 2001, el consumo en estos renglones
se estimó en 7.1kg y 5.1kg per cápita, lo que evidencia un deterioro
en el
consumo de estas importantes fuentes de proteínas por parte de la población
cubana.
El bloqueo impide el acceso de la avicultura cubana a la alta tecnología
desarrollada por los Estados Unidos, lo que afecta la capacidad para
incrementar el rendimiento en la producción de huevos y de carne de
ave. El
impacto directo del bloqueo en la producción avícola ha sido
del orden de
los 59.6 millones de dólares anuales. La búsqueda de mercados
distantes de
materias primas para la producción de piensos avícolas, entre
ellos cereales
y harina de soya, representaron costos adicionales de 14.3 millones de
dólares, que habrían podido emplearse en la producción
de 250 millones de
huevos adicionales cada año.
La producción porcina también se ha visto seriamente afectada.
En la
actualidad, Cuba sólo produce un 50% de este tipo de carne en comparación
con la que lograba producir en la década de 1980, como consecuencia
del
déficit alimentario que padece la masa porcina, así como por
la
imposibilidad de disponer de créditos para financiar el desarrollo
de esta
rama.
Si bien Cuba se encuentra entre los primeros productores y exportadores de
cítricos a escala mundial, los productos citrícolas y sus derivados,
a
consecuencia del bloqueo, quedan totalmente excluidos del mercado
norteamericano, lo que provoca pérdidas de 4.5 millones de dólares
anuales
por concepto de precios y fletes
En resumen, las acciones dirigidas a afectar el consumo y comercio en
materia de alimentos, han sido componentes medulares en el diseño de
la
política de bloqueo hacia Cuba, con el objetivo de que las limitaciones
y
necesidades de la población provoquen un clima de insatisfacción
popular e
inestabilidad interna.
3.3 EDUCACIÓN
La guerra económica contra Cuba por más de cuarenta años
ha originado
cuantiosas pérdidas al sistema educacional. Múltiples han sido
las
afectaciones al aseguramiento material de las escuelas cubanas, en aspectos
tan sensibles como los libros de texto, lápices y libretas, uniformes
escolares, medios para la educación artística y el deporte escolar,
entre
otros.
Estas afectaciones han generado efectos negativos en las posibilidades de
un
mayor desarrollo de habilidades y capacidades de los niños y jóvenes
cubanos, que han sido sólo superadas mediante la inventiva y perseverancia
de un claustro de profesores altamente calificado y profundamente
comprometido con su labor.
Esta política genocida ha tratado de impedir a toda costa el acceso
de Cuba
a las nuevas tecnologías, a los avances de la ciencia y la técnica,
y a las
fuentes de financiamiento y créditos para el desarrollo a través
de
organismos e instituciones financieras internacionales. Se ha pretendido
negar la posibilidad de introducir las técnicas de computación
en las
escuelas, bloqueando los intentos de acceder a los mercados y a las
experiencias de otros países, así como se ha entorpecido toda
gestión del
Estado cubano dirigida a la adquisición de equipamiento para los centros
escolares.
El recrudecimiento del bloqueo en la pasada década agudizó las
limitaciones
y restricciones de la actividad educacional. Un claro ejemplo de ello es que
la cantidad de libretas y lápices que se distribuyeron en el curso
escolar
2001-2002, alcanzaron sólo el 50% de los niveles de distribución
de 1989.
El poder de compra del financiamiento disponible para la importación
de
medios y recursos destinados a las escuelas cubanas, disminuyó entre
un 25 y
un 30%, como resultado de tener que adquirir dichos medios en mercados
lejanos, y en ocasiones a precios superiores por las restricciones que el
bloqueo impone a Cuba.
Un ejemplo evidente es que durante el año 2001 se ejecutaron importaciones
por valor de 19 millones de dólares para adquirir la base material
de
estudio y de vida de las escuelas cubanas. Al tener que ser traídas
de
mercados lejanos, Cuba se vio obligada a pagar fletes en exceso, calculados
en un 20% del total de esas importaciones, que hubieran permitido adquirir
37 millones de libretas o 185 millones de lápices adicionales.
Pese a los efectos adversos del bloqueo, el Gobierno cubano ha priorizado
la
asignación de recursos materiales y financieros indispensables para
mantener
todas las escuelas abiertas y funcionando en cada curso escolar.
Sólo en el año 2001 se destinaron más de 2 300 millones
de pesos, al
Presupuesto de Gastos de la Educación, lo que representó el
8.1% del PIB
cubano y el más alto presupuesto de toda la historia del país.
Cabe destacar, asimismo, que a pesar de todas estas limitaciones y
obstáculos, desde el año 2000 se han iniciado programas tales
como la
Universidad para Todos, el Programa Audiovisual para niños, adolescentes
y
jóvenes, la creación y ampliación del número de
centros de video y de
computación comunitarios para alumnos y pueblo en general, la formación
masiva de trabajadores sociales e instructores de arte para laborar en las
escuelas y comunidades, la preparación general e integral de jóvenes
entre
17 y 29 años desvinculados del estudio o el trabajo y otros. Se trabaja
intensamente para alcanzar el objetivo de que cada aula de enseñanza
primaria y secundaria no tenga más de 20 alumnos por maestro.
En el caso de los Programas de Computación Educacional y de Desarrollo
de
Programas Audiovisuales y Software Educativos, se ha realizado un
significativo esfuerzo para dotar a todas las escuelas de los recursos
necesarios, por lo que se han adquirido y distribuido más de 60 mil
computadoras, decenas de miles de televisores a color y equipos de video,
así como se han preparado unos 12 mil maestros y profesores para impartir
clases de computación a niños, adolescentes y jóvenes.
Estos programas han llegado a las zonas más apartadas del país.
Unas 2000
escuelas a las que no había sido posible llevar la electricidad, fueron
equipadas con paneles solares y con los equipos necesarios para la formación
integral de los niños.
Sólo por la férrea voluntad política del gobierno cubano
y sus esfuerzos por
lograr una preparación integral de la población, es que ha sido
posible
alcanzar un nivel educacional superior al de muchos países de la región,
reconocido así por agencias de las Naciones Unidas, tales como la UNESCO
y
el UNICEF.
4. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA EXPORTACIÓN Y LOS SERVICIOS.
La aplicación del bloqueo económico, comercial y financiero
por los Estados
Unidos contra Cuba ha traído consigo innumerables efectos negativos
en la
esfera de la exportación y los servicios.
El comercio exterior cubano, ha tenido cuantiosas pérdidas debido
a esta
criminal política. Sólo el año pasado, se hicieron erogaciones
adicionales
de 515.58 millones de dólares por concepto de diferencias de precios,
condiciones adversas para el financiamiento y el transporte, encarecimiento
de los seguros y fletes, etc.
Uno de nuestros principales productos de exportación, el azúcar
crudo, ha
sido uno de los más afectados por el bloqueo. Con la cancelación
de la cuota
azucarera de Cuba en el mercado de los Estados Unidos a inicios de la década
de 1960, la economía cubana sufrió un duro golpe. Baste solo
decir que los
EE.UU. importaban de Cuba alrededor del 58.2% del total de sus importaciones
de azúcar, lo cual representaba el 80% del total de ingresos de la
economía
cubana.
El bloqueo imposibilitó, además, el acceso del azúcar
cubano a la Bolsa de
Café, Azúcar y Cacao de Nueva York, la cual establece el precio
de
referencia para las exportaciones de azúcar crudo a escala mundial.
Esto se
traduce en pérdidas económicas y de competitividad, que han
provocado en el
período 2001-2002 daños a la economía por 193.9 millones
de dólares.
En mayo de 1982, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos
(USDA), estableció un nuevo Sistema de Cuotas por países para
la importación
de azúcar con destino al mercado estadounidense. Actualmente, 40 países
productores de azúcar mantienen la comercialización por medio
de cuotas
azucareras estadounidenses, lo que les garantiza precios de alrededor de 21
centavos por libra, cifra cuatro veces superior a la del mercado mundial,
cuyo carácter es crecientemente residual.
A Cuba le hubiera correspondido ubicar el pasado año en el mercado
estadounidense alrededor de 918,180.23 TM. Dada la imposibilidad de acceder
a dicho mercado, el país tuvo que vender su azúcar a los precios
que
pudieron ser negociados, provocando una afectación de 177.3 millones
de
dólares.
Otro de los productos líderes en las exportaciones cubanas, el níquel,
continúa afectado por las medidas del bloqueo. Se mantiene la prohibición
de
importación a los Estados Unidos de cualquier mercancía que
contenga total o
parcialmente un componente de origen cubano o que haya sido elaborado con
el
níquel de Cuba. Por esta razón, solamente en el año 2001
hubo pérdidas de
5.4 millones de dólares.
Este sector también se ha visto afectado por otros factores que
adicionalmente han ocasionado gastos por valor de 8.6 millones de dólares,
a
saber, el uso de intermediarios para colocar el producto en el mercado
mundial, los obstáculos en la realización de embarques periódicos
por medio
de líneas internacionales regulares de buques, la lejanía de
los mercados y
la limitada concurrencia de proveedores dispuestos a comerciar con Cuba,
entre otros.
Una actividad del comercio exterior estrechamente vinculada a la producción
de alimentos y a la salud, es la importación de productos químicos.
Por
ejemplo, en el caso de los fertilizantes, el bloqueo ha obligado al país
a
pagar hasta 47.0 dólares adicionales por tonelada métrica por
encima de los
niveles del mercado, lo que significó en el año 2001 un gasto
adicional de
2.3 millones de dólares.
En este sentido, la lucha contra plagas como la Broca del Cafeto, el Thrips
palmi y el Ácaro del Vaneado del Arroz, que según todas las
evidencias
fueron introducidas intencionalmente en la agricultura cubana, ha enfrentado
obstáculos importantes al ser adquirida por una compañía
de los EE.UU. la
firma que tradicionalmente vendía a nuestro país los pesticidas
necesarios
para su control biológico.
En la última década, la industria turística cubana tuvo
un importante
desarrollo, que la ubicó como la principal fuente de ingresos de la
economía
nacional. Este desarrollo se ha tenido que realizar en condiciones hostiles
debido al recrudecimiento del bloqueo. Muchos son los sectores que inciden
en dicha industria y que no escapan de los efectos negativos de esta
política.
Particularmente en la rama hotelera, vale la pena mencionar un ejemplo
ilustrativo:
Hilton International Group plc, cuya casa matriz está en Inglaterra,
tuvo
que retirarse de negociaciones ya avanzadas para administrar dos hoteles de
la empresa mixta Quinta del Rey S.A. en Cayo Coco y La Habana. Hilton
International comunicó al Ministerio de Turismo cubano, que sus abogados
estimaban que las autoridades estadounidenses considerarían el negocio
propuesto como una violación de la Ley Helms-Burton, dado que todas
las
operaciones de dicho grupo se rigen dentro y bajo el marco de Hilton
International Corporation, subsidiaria de los Estados Unidos. De haberse
concretado estas negociaciones, el país hubiera obtenido en 25 años,
alrededor de 107.2 millones de dólares.
Cuba es una vía ideal para el paso de los cruceros que recorren el
Caribe.
Sin embargo, no puede participar de los beneficios que generarían estos
servicios, a partir de las prohibiciones que se aplican a las Compañías
de
Cruceros como resultado de la Ley Torricelli.
Entre diciembre del 2001 y marzo del 2002, la compañía europea
Festival
Cruise Lines basificó uno de sus mayores barcos, el Mistral, en La
Habana
como puerto madre, desde donde comenzaba semanalmente sus recorridos. La
ruta de este crucero es una de las más de veinte que contiene el catálogo
de esa compañía. Por esta razón, se vio sometida a grandes
presiones para
que suspendiera ese itinerario, y fue obligada a incluir en su catálogo,
para la temporada mayo-diciembre del 2002, la advertencia: "Estos cruceros
no pueden comercializarse en Estados Unidos de América".
Asimismo, con la adquisición de la Costa Cruciere, por la empresa
Carnival
Corporation, compañía de capital norteamericano, se impuso por
los
Departamentos de Estado y del Tesoro de los Estados Unidos la terminación
del Proyecto Cuba, lo que ha implicado pérdidas de alrededor de 62.2
millones de dólares, que incluye la congelación del programa
de inversión
para remodelar el muelle Sierra Maestra.
En adición a las restricciones que hemos abordado, la legislación
norteamericana sobre el bloqueo instituye la prohibición a los ciudadanos
estadounidenses de viajar a Cuba, medida que es violatoria del derecho
constitucional de los ciudadanos norteamericanos de viajar libremente a
cualquier país.
Los adversos efectos que esta medida genera en la industria turística
son
considerables. El presidente de la American Society for Travel Agencies
(ASTA), en visita a Cuba durante el mes de abril del presente año,
declaró
que las proyecciones de su organización arrojaban que de levantarse
las
prohibiciones a los viajes, en el primer año posterior a esa decisión
arribarían a Cuba un millón de estadounidenses, y cinco años
después, esa
cifra se habría elevado a cinco millones de turistas de ese origen.
La implementación de estas medidas trae consigo la imposición
de multas y
otras sanciones de carácter penal, que han sido recrudecidas por la
presente
Administración. Ejemplo de ello es el notable incremento de las multas
que
han sido impuestas a ciudadanos norteamericanos por viajar a Cuba sin la
debida autorización.
Solamente en el 2001, la División del Departamento del Tesoro que investiga
los viajes a Cuba, impuso 698 multas por valor de 7500 dólares cada
una a
ciudadanos estadounidenses, 520 más que en el año 2000.
El 15 de marzo del 2002, en una audiencia del Comité de Asignaciones
del
Senado de los Estados Unidos, el Secretario del Tesoro, Sr. Paul O´Neill,
reconoció que "si la Administración Bush aprobara la reducción
de recursos
destinados a perseguir y multar a ciudadanos estadounidenses que viajan a
Cuba, esos recursos serían mejor empleados en la lucha contra el
terrorismo". Horas más tarde, ante la presión del lobby
cubano de Miami, la
Casa Blanca emitió un comunicado donde explicaba que el Secretario
O´Neill
apoyaba la política de la Administración en relación
con los viajes a Cuba,
y que sus palabras no tenían la intención de promover un cambio
con relación
a esta.
La aviación civil es un eslabón imprescindible en la obtención
de ingresos
por el turismo. La política mantenida por las diferentes administraciones
estadounidenses, violatoria de las normas y preceptos del Convenio sobre la
Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago), y en particular
de lo
referido en su Artículo 44, relativo a los fines y objetivos del Convenio,
demuestra el intento de aislar a Cuba del sistema internacional.
Las restricciones expuestas en el Informe que enviara Cuba el año
pasado se
mantienen, y han provocado, hasta mayo del 2002, pérdidas equivalentes
a
153.6 millones de dólares. De estas restricciones, pudieran destacarse
la
imposibilidad de adquirir y arrendar aviones de alta eficiencia; de acceder
a nuevas tecnologías en materia de comunicaciones, navegación
aérea y
estaciones de radiolocalización; restricciones en el uso de nuestras
aerolíneas de los Sistemas de Reservación por Computadora (SRC)
tales como
SABRE, GALILEO y WORLDSPAN; la exclusión de las líneas aéreas
cubanas de los
servicios de proveedores estadounidenses de combustible de aviación,
entre
muchas otras.
Lo expuesto en esta Sección confirma el impacto nocivo de la aplicación
de
la política de bloqueo sobre la economía cubana, y permite tener
una imagen
de los sacrificios y limitaciones a los que el pueblo cubano se ha
enfrentado por más de cuarenta años. Si sumamos las afectaciones
del año
2001 sólo en 9 sectores de la economía cubana, éstas
ascienden a la nada
despreciable cifra de 643 millones de USD.
5. LA SECCION 211 DE LA LEY ÓMNIBUS DE ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
DE 1999.
Como se ha señalado en informes anteriores, desde diciembre de 1998
el
Gobierno de Cuba ha venido denunciando en el marco de la Organización
Mundial del Comercio (OMC) y en otros foros, el carácter discriminatorio
de
la Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Presupuestarias
de 1999 de
los Estados Unidos.
La aprobación de esta Sección se logró mediante procedimientos
amañados,
concebidos por legisladores muy vinculados a intereses anticubanos con
influencia en los medios políticos norteamericanos, y tuvo como objetivo
la
extensión de los principios de la Ley Helms-Burton a la esfera de la
propiedad intelectual, que había quedado exenta de la aplicación
de las
medidas del bloqueo impuesto por el gobierno de los Estados Unidos contra
Cuba.
Esta disposición, sin precedentes en la historia del derecho de propiedad
intelectual, tiene el firme propósito de crear obstáculos al
desarrollo de
aquellas inversiones extranjeras en Cuba que estén asociadas a la
comercialización internacional de productos cubanos de reconocido prestigio
internacional.
La Sección 211 fue presentada ante el Subcomité Judicial y
de Propiedad
Intelectual del Senado de los EE.UU., por un abogado y asesor de la Compañía
Bacardí, en momentos en que esa empresa se encontraba en un litigio
judicial en el Distrito Sur de Nueva York, por estar utilizando ilegalmente
la marca "Havana Club", con los reales propietarios de esa marca,
lo que
hace evidente su vinculación con los intereses de dicha Compañía.
De esta manera, esa sección, junto al resto de las medidas del bloqueo,
sirvió para sustentar el fallo del tribunal de Nueva York que despojó
a la
empresa mixta cubano-francesa "Havana Club Holding" de sus derechos
para
registrar y potencialmente comercializar el ron cubano "Havana Club"
en los
Estados Unidos, cuestión esta que ha ocasionado incontables pérdidas
económicas al pueblo cubano.
Recientemente, el Órgano de Apelaciones de la OMC, declaró que
la Sección
211 es incompatible con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de
Propiedad Intelectual (ADPIC) en tanto impide el acceso a los tribunales de
los Estados Unidos, a los titulares de marcas comerciales y sus sucesores
en
interés, para hacer valer sus derechos.
Asimismo, en enero de este año ese mismo Órgano reconoció
que la Sección 211
viola los principios básicos de la OMC como son el Trato Nacional y
el Trato
de Nación Más Favorecida. En consecuencia, la Sección
211 debe ser
modificada o derogada, por cuanto es incompatible con esos principios
recogidos en los compromisos internacionales asumidos por Estados Unidos en
el ámbito de la propiedad intelectual.
Una vez más, el gobierno norteamericano ha hecho caso omiso de las
recomendaciones de instituciones multilaterales y de la propia legislación
internacional que sirve de sustento a sus labores. Cuba continuará
denunciando su aplicación mientras esta Ley no sea derogada, por constituir
una franca violación del Derecho Internacional en materia de propiedad
intelectual.
6. AFECTACIONES A OTROS SECTORES DE LA ECONOMÍA NACIONAL.
Como ha podido apreciarse hasta el momento, son incontables los ejemplos que
ilustran las enormes dificultades que ha tenido que enfrentar nuestro pueblo
de manera sostenida, a lo largo de estos cuarenta años, provocando
un
notable deterioro en todas las esferas de la economía nacional.
A continuación se destacan otros ejemplos que demuestran los efectos
adversos de esta política.
* En marzo del 2002 la ONG norteamericana Resource Exchange
International-Cuba, fue amenazada por la Sección de Intereses de los
Estados
Unidos en La Habana por sus vínculos de carácter científico
con el Hospital
Calixto García de Ciudad de La Habana. Se le prohibió a esta
organización
llevar a cabo proyectos de investigación conjunta o de colaboración
científico-técnica con cualquier institución de la salud
pública cubana.
Adicionalmente, se les amenazó con la invalidación de su permiso
para viajar
a Cuba en caso de que se firmara algún documento de colaboración.
* El día 18 de enero del presente año, el Sr. Jonathan B.
Hill, Consejero de la Airline Tariff Publishing Company (ATPCO),
retransmitió a la Jefa del Departamento de Tarifas de Cubana de Aviación,
el
fax originalmente enviado el 11 de diciembre del 2001, por el que comunicaba
que, después de la revisión de las regulaciones de control en
cuanto a Cuba:
"ATPCO se verá en la necesidad de abstenerse de todo tipo de negocios
con
Cubana". De esta manera, el día 10 de abril del 2002 fueron canceladas
todas
nuestras tarifas, reglas y datos de la base de datos de la ATPCO.
* Empresas mixtas y sectores claves dentro de las
exportaciones cubanas, reportan importantes pérdidas por no poder realizar
transacciones en dólares norteamericanos. Habanos S.A. reportó
en el año
2001 pérdidas por este concepto ascendentes a 3.94 millones de dólares.
Brascuba S.A. reportó pérdidas de 76 000 dólares; en
tanto las de ETECSA se
elevaron hasta 959 800 dólares.
* Se mantiene la imposibilidad de las Empresas de Seguros
cubanas de comprar protecciones de reaseguro en el mercado norteamericano.
Asimismo, dada la adquisición cada vez mayor por compañías
de Estados Unidos
de empresas de reaseguros y corredores europeos, en el año 2002 se
han
negado a ofertarnos protecciones de reaseguros, solamente por su vinculación
con intereses norteamericanos, 71 empresas, entre ellas: la ERC Frankona,
American Re, ACE Global Markets AGM y ACE Europe .
* Hay ejemplos tan ridículos como este:
En el mes de diciembre del 2001, la firma XEROX AG, filial
de Zurich, se negó a renovar el contrato de leasing de una fotocopiadora
para la Embajada de Cuba en Suiza. La justificación emitida para esta
negativa, se basó en un documento contentivo de las "Regulaciones
de la
Administración para las Exportaciones de los Estados Unidos",
en las cuales
aparece Cuba como país bloqueado, tanto en productos como en tecnologías
y
programas computarizados.
* En el plano financiero, se mantiene sin variación la
situación descrita en el informe de Cuba del año 2001, contenido
en el
documento A/56/276. Por tanto, Cuba sigue sin tener acceso a las fuentes de
financiación tradicionales norteamericanas o pertenecientes al sistema
de
Bretton Woods. De ahí que Cuba no haya podido participar en los préstamos
que ofrecen estas instituciones y que, como se indicó en el documento
citado, ascendieron a 53,000 millones de dólares de 1997 al 2000.
Por ejemplo, en el ejercicio fiscal del 2001, el Banco Mundial y el
Banco Interamericano de Desarrollo destinaron a la América Latina,
respectivamente, 5,300.1 millones y 7,956.8 millones de USD. De haber podido
Cuba acceder a los préstamos de dichos organismos en el año
señalado, podía
haber obtenido unos 250 millones de USD, lo que habría permitido financiar
importantes proyectos sociales y de infraestructura, tales como la
construcción de 150,000 viviendas de 2 habitaciones cada una y 2 hospitales
de 600 camas, o la reconstrucción vial de la Ciudad de La Habana y
la
construcción de 2 hospitales de 600 camas.
Igualmente, las condiciones para la adquisición de créditos
a
mediano y largo plazo por parte de instituciones bancarias y financieras del
resto del mundo se han seguido dificultando. La aplicación a estas
operaciones del denominado "Riesgo Cuba" ha conducido a que el país
sólo
tenga acceso a créditos a corto plazo con un elevado interés,
lo que
restringe la utilización de los recursos financieros disponibles para
garantizar el desarrollo sostenible y una capacidad adecuada del servicio
de
la deuda. Actualmente, los escasos préstamos para el desarrollo se
obtienen
a tasas que oscilan entre el 11 y el 18% de interés, lo que encarece
el
financiamiento entre 5 y 12 puntos porcentuales en comparación con
los
créditos que pudieran recibirse de los organismos de desarrollo.
Asimismo, a la banca cubana se le tiene prohibido mantener
relaciones normales de corresponsalía y de cuentas e intercambio con
la
banca de los Estados Unidos, lo que afecta en gran medida los servicios que
requieren los clientes de este sector.
* Las compañías con negocios en el sector del petróleo
enfrentan grandes dificultades para adquirir bienes y servicios requeridos
para sus operaciones. La imposibilidad de obtenerlos en los Estados Unidos,
el aumento de los costos por tener que hacerlo desde otros mercados, y la
demora de los suministros en la ejecución de proyectos, significó
un costo
al país en el año 2001, un 25% por encima del costo normal de
los productos
y servicios contratados, lo que por el nivel de inversión realizado,
determinó afectaciones ascendentes a 24,6 millones de USD en este sector.
* He aquí otro caso antológico:
En el mes de junio la Gerente General de la Compañía Texaco
le negó el derecho a la Embajada de Cuba en Belice de consumir combustible
proveniente de dicha empresa para sus autos, aduciendo el cumplimiento de
las medidas impuestas por el bloqueo.
* En la industria del cemento, la empresa mixta "Cementos
Curacao" afronta limitaciones de acceso a nuevos mercados para la
exportación de su producto por los efectos del bloqueo, lo que ha generado
una afectación en el año 2001 de 2 millones de USD.
* La inversión extranjera no ha quedado excluida de los daños
del bloqueo y ello se demuestra en la identificación de un grupo de
acciones
realizadas por el gobierno de los Estados Unidos para dilatar, obstaculizar,
e incluso impedir el desarrollo de ese proceso en el país.
Como primera afectación directa vale destacar que al cierre de
septiembre del 2001, Estados Unidos mostró salidas de Inversión
Extranjera
Directa (IED) de 134.1 mil millones de dólares; por este concepto nuestro
país no recibió, como h sucedido desde hace 43 años,
ni un solo centavo.
El Centro de Promoción de Inversiones de Cuba ha recibido a más
de
538 empresarios norteamericanos, los cuales presentaron intereses de
inversión en los sectores agrícola, transporte, alimentación,
farmacéuticos,
turismo, comunicaciones y financieros. Ninguno de dichos intereses ha
llegado a materializarse debido a la política de bloqueo.
La esfera de la biotecnología es un ejemplo elocuente de lo
anterior. Trece empresas de reconocido prestigio mundial, seis de ellas
norteamericanas, se interesaron por proyectos en Cuba, pero no iniciaron
negociaciones debido a los obstáculos impuestos por la política
de bloqueo.
Los proyectos consultados estaban en el orden de los 200 millones de
dólares. La participación de estas empresas en dichos proyectos
hubiera
permitido el desarrollo conjunto de una gama de productos así como
el
financiamiento para sus procesos de registro y posterior comercialización.
Vale recordar que las empresas Sherrit International y el grupo
israelí BM continúan sancionados por la Ley Helms-Burton.
* El pasado año el Departamento del Tesoro de los Estados
Unidos, envió una nota con fecha de 30 de mayo del 2001, FAC No. C-192071,
a
la empresa francesa Vert Agro BP, en la que se comunicaba que habían
situado
sus fondos, por el monto de 7490.00 dólares, en el Citibank de Nueva
York,
en una cuenta bloqueada, por provenir de negociaciones con la empresa cubana
Tropiflora.
* La actividad portuaria cubana se ve imposibilitada de
recaudar anualmente 10 millones de dólares por concepto de servicios
de
reparación en nuestros astilleros, debido al limitado arribo de buques
a
nuestros puertos como consecuencia de las restricciones impuestas por la Ley
Torricelli. Asimismo, se pierde alrededor de un millón de dólares
anuales
por la imposibilidad de vender en el mercado norteamericano productos tales
como catamaranes y lanchas rápidas.
* La industria pesquera sufre pérdidas de considerable
magnitud por concepto de elevados aranceles, utilización de fuentes
de
suministros muy alejadas de nuestra zona geográfica natural, elevados
fletes
y adquisición de suministros a través de terceros países,
a precios
superiores en un 15% a los del mercado estadounidense. En este sentido, las
pérdidas ocasionadas en el período enero 2001-mayo del 2002,
son del orden
de los 18 millones de dólares.
* La Empresa de Alambres y Cables, ELEKA, de no existir el
bloqueo, podría adquirir todas sus materias primas en el mercado
estadounidense. Sin embargo, tiene que pagar por concepto de importaciones
800 dólares adicionales por cada contenedor.
Como resultado de la Ley Helms Burton se frustró la creación
de una empresa mixta para la producción de cables de fibra óptica,
coaxiales
y de transmisión de datos para su comercialización en Cuba,
Centroamérica y
el Caribe, lo que significó la pérdida de decenas de millones
de dólares
anuales.
* El Grupo Empresarial CICLEX, que adquiere productos y
equipos para la producción de bicicletas, un medio de locomoción
ampliamente
utilizado en Cuba, ha tenido que pagar precios superiores al 40% en relación
con los del mercado estadounidense, por tener como únicas opciones
Europa,
Centro y Sudamérica. Ello ha significado gastos adicionales por 20.2
millones de dólares.
* La importación de neumáticos para los equipos utilizados en
el sector agrícola se ve afectada por concepto de fletes, los cuales
se
incrementan en medio millón de dólares adicionales, al tener
que recurrir al
mercado asiático, donde se adquieren el 80% de los mismos. Con esta
cifra se
podrían adquirir 4500 neumáticos adicionales en el mercado de
los EE.UU.
* En el año 2000, un proyecto de comercio electrónico de la
ciudad de Santiago de Cuba que se está realizando con el apoyo de la
Unión
Internacional de Telecomunicaciones, para permitir que los productores de
la
zona oriental de Cuba puedan vender sus bienes y servicios por Internet, se
ha paralizado al no poder contar con la tecnología de certificados
digitales, ya que los proveedores, que son empresas de los EE.UU., tienen
prohibido suministrar esta tecnología a Cuba.
* Es preciso comprar las licencias de software, sus
actualizaciones y la transferencia de tecnología a través de
terceros
países, debido a las regulaciones estadounidenses que limitan el acceso
de
Cuba a las mismas. Ello incrementa los precios y demora su adquisición.
Un ejemplo se puede ver en la página de Netscape
(<http://wp.netscape.com/es/download/index.html?cp=djues>) que señala:
*Efectiva tecnología de protección Netscape
El software del buscador Netscape cuenta con una tecnología
de protección sujeta a la normativa de la administración de
las
exportaciones y otras legislaciones de los EE.UU. y no pueden ser exportadas
o reexportadas a determinados países (en la actualidad zonas bajo control
talibán de Afganistán, Cuba, Irán, Iraq, Libia, Corea
del Norte, Serbia
[excepto Kosovo], Sudán y Siria) ni a personas ni entidades a las que
les
haya sido prohibido el acceso a exportaciones procedentes de los
EE.UU.(tales como partes denegadas, entidades recogidas en la lista de
organizaciones de la oficina de administración de las exportaciones
y
ciudadanos designados en particular). Si desea obtener más información
sobre
el Reglamento de administración de las exportaciones de los EE.UU.
(EAR
<http://www.bxa.doc.gov/Encryption/regs.htm>), 15 C.F.R. Parts 730-774,
y la
Oficina de administración de las exportaciones ("BXA"), consulte
la página
web de BXA homepage <http://www.bxa.doc.gov/>.
CONCLUSIONES
- Durante este último año, el Gobierno del Presidente George
W. Bush ha
recrudecido su política de agresión económica contra
Cuba y ha mantenido, al
igual que las administraciones precedentes, la aplicación de un bloqueo
económico, comercial y financiero contra el pueblo cubano, en franca
violación de las disposiciones adoptadas por la Asamblea General bajo
el
tema "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y
financiero de
los Estados Unidos contra Cuba". El gobierno ha dado pasos concretos
para
fortalecer con nuevas medidas el riguroso sistema de control que se aplica
para verificar el cumplimiento de las medidas de bloqueo.
- La aplicación de dicha política genocida continúa provocando
sensibles
daños a la economía y a las condiciones de vida de la población
cubana. Sólo
en lo que se refiere a pérdidas económicas, en las más
de cuatro décadas en
que se ha mantenido vigente, se superan ya los 70 mil millones de dólares.
- Con su política de bloqueo, Estados Unidos continúa afectando
la plena
realización de derechos humanos básicos de los cubanos, como
el derecho a la
salud y a la alimentación.
- La no objeción por parte de la Administración estadounidense
a la venta de
cierta cantidad de alimentos a Cuba, no puede se interpretada como una
flexibilización de su política de hostilidad hacia el pueblo
cubano. Las
compras tuvieron que efectuarse bajo condiciones de estrictas restricciones
y superando numerosos obstáculos.
- El propio Presidente Bush ha declarado que el bloqueo sigue en pie sin
modificación alguna y que será reforzado.
- Estados Unidos, mediante leyes como la Torricelli y la Helms-Burton, ha
institucionalizado y sistematizado la aplicación extraterritorial de
su
bloqueo contra Cuba a terceros países.
Por todo lo anterior, resulta de extraordinaria importancia que la comunidad
internacional reafirme nuevamente de manera abrumadora su solicitud de que
se ponga fin al bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados
Unidos contra Cuba.
Correo enviado por
Revista Koeyu Latinoamericano
Caracas, Venezuela
koeyu@cantv.net
http://www.koeyu.com/