De: Igor Hevia Diez
igor@cpi.minrex.gov.cu

INFORME DE CUBA AL SECRETARIO GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA RESOLUCIÓN 56/9 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU.
"NECESIDAD DE PONER FIN AL BLOQUEO ECONÓMICO, COMERCIAL Y FINANCIERO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CONTRA CUBA"

La Habana, 13 de agosto de 2002.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
1. ALBORES, CONSOLIDACIÓN Y RECRUDECIMIENTO DEL BLOQUEO ESTADOUNIDENSE A CUBA.
2. LA EXTRATERRITORIALIDAD EN LA POLÍTICA DE BLOQUEO.
3. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA SALUD, LA ALIMENTACIÓN Y LA EDUCACIÓN.
3.1 SALUD.
3.2 ALIMENTACIÓN.
3.3 EDUCACIÓN
4. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA EXPORTACIÓN Y LOS SERVICIOS.
5. LA SECCION 211 DE LA LEY ÓMNIBUS DE ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE 1999.
6. AFECTACIONES A OTROS SECTORES DE LA ECONOMÍA NACIONAL.
CONCLUSIONES
INTRODUCCIÓN
El pueblo cubano sigue siendo víctima del bloqueo genocida que le ha impuesto el gobierno de los Estados Unidos de América en su afán por doblegar su apego al ejercicio de la libre determinación y su voluntad de independencia, justicia social y equidad. Por más de 42 años, sucesivas administraciones norteamericanas no han dudado en tratar de provocar el hambre y las enfermedades entre el pueblo cubano, como recurso para tratar de someter su espíritu de resistencia a la agresión y la anexión.
La política del bloqueo ha causado y continúa infligiendo serias y onerosas afectaciones al bienestar material, psíquico y espiritual del pueblo cubano y, a la vez que limita su desarrollo económico y social, ha obligado a sucesivas generaciones de cubanos a vivir bajo un clima de permanente hostilidad y tensión. Seis de cada diez cubanos han nacido y vivido bajo las condiciones impuestas por esta política.
La guerra económica de los Estados Unidos contra Cuba carece de todo fundamento legal y, conforme a lo dispuesto en elinciso (c) del Artículo II de la Convención de Ginebra para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, del 9 de diciembre de 1948, califica como un acto de genocidio y, por consiguiente, constituye un delito de derecho internacional.
El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a Cuba por el país más poderoso en toda la historia de la humanidad, no sólo se mantiene, sino que ha sido recrudecido por decisión del actual gobierno del Presidente George W. Bush, quien ha hecho de la retórica anticubana y de los fuertes compromisos asumidos con los grupos extremistas con sede en Miami, el fundamento de sus acciones contra Cuba en busca de beneficios electorales para sí y para su familia.
En una intervención pronunciada recientemente en la Casa Blanca, el 20 de mayo del 2002, en ocasión de la conmemoración del centenario de la imposición a Cuba de un régimen de dominación neocolonial por parte de Estados Unidos, el Presidente Bush declaró abiertamente que "Estados Unidos continuará haciendo cumplir las sanciones económicas sobre Cuba". Si alguien aún albergaba dudas acerca de la continuidad y el recrudecimiento en la aplicación de la política estadounidense de bloqueo contra el pueblo cubano, pudo encontrar la más clara respuesta en dichas declaraciones del Presidente Bush, que repitiera el mismo día en Miami.
Es a la luz de estas circunstancias, que la Asamblea General de las Naciones Unidas nuevamente deberá examinar, durante el 57 período de sesiones, este tema de su Programa, después de diez años en que ese mismo órgano aprobara por primera vez una resolución que solicita al gobierno de los Estados Unidos poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero contra el pueblo cubano. Para ello, cabría preguntarse:
¿Cómo pudo crearse a lo largo de estos años un sistema tan meticuloso e infernal para impedir a todo un pueblo acceder a los alimentos y medicamentos esenciales producidos en el principal mercado del mundo, máxime si se toma en cuenta que algunos de ellos son únicos y no pueden ser suministrados a precio alguno por otro proveedor?
¿Cómo podría admitirse que a un pueblo le siga siendo negado el acceso a tecnologías y piezas de repuesto, a equipos médicos y literatura científica imprescindibles para la plena realización del derecho humano a la salud?
¿Cómo podrían justificarse esas prácticas, ya no sólo frente a las normas universales de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, sino incluso vistas a la luz de los principios de la liberalización económica y comercial que promueven los países industrializados, incluidos los Estados Unidos, en el marco del proceso de globalización en curso?
A lo largo de este informe se tratará de dar respuesta a estas interrogantes, y la Asamblea General derivará sus propias conclusiones de la información que aquí se reseña.
1. ALBORES, CONSOLIDACIÓN Y RECRUDECIMIENTO DEL BLOQUEO ESTADOUNIDENSE A CUBA.
Los últimos 200 años han planteado a la nación cubana difíciles desafíos, en particular a partir del peligro que históricamente han representado las pretensiones de anexión y dominación de Cuba por parte de los sectores más conservadores de poder en los Estados Unidos. Bastaría con un somero atisbo a la historia, para encontrar sobrados testimonios de las verdaderas intenciones que han guiado la política estadounidense hacia Cuba. Estados Unidos no ha escatimado recurso alguno en sus planes hegemónicos, especialmente después del triunfo de la Revolución Cubana en 1959.
La política de aplicar sanciones económicas ha constituido un eslabón fundamental de la hostilidad de los Estados Unidos contra Cuba. La decisión de promover el hambre, las enfermedades y la desesperación del pueblo cubano como herramientas para alcanzar sus fines de dominación política, no sólo se ha mantenido, sino que se ha recrudecido en estos últimos cuarenta años.
Cuba ha estado sometida a una política brutal de hostilidad y agresiones de todo tipo por parte de la superpotencia, cuyo propósito estratégico no ha sido otro que la liquidación de la Revolución Cubana y la destrucción del sistema político, económico y social establecido, sostenido y perfeccionado permanentemente por la libre voluntad de su pueblo.
Para lograr su propósito, las sucesivas administraciones estadounidenses desde 1959, han recurrido a todo tipo de presiones políticas; intentos de aislamiento diplomático; acciones propagandísticas; aliento a la deserción y a la emigración ilegal; espionaje; guerra económica y agresiones de la más diversa índole, incluidas la subversión, las acciones terroristas y de sabotaje, la guerra biológica, el fomento de las bandas armadas y las infiltraciones e incursiones criminales contra territorio cubano, el hostigamiento militar, la amenaza de exterminio nuclear y hasta la agresión directa mediante el empleo de un ejército mercenario.
Ni una sola actividad económica y social cubana ha quedado exenta de la acción destructora y desestabilizadora resultante de la política agresiva de los Estados Unidos. Cifras conservadoras apuntan a que el valor de las afectaciones a Cuba por la aplicación de esta política genocida supera ya los 70 mil millones de dólares. Estas cifras no incluyen los más de 54 mil millones de dólares reportados como daños directos ocasionados a objetivos económicos y sociales del país durante las últimas cuatro décadas, por los sabotajes y acciones terroristas llevadas a cabo por agentes al servicio de los Estados Unidos, toleradas por dicho país u organizadas y financiadas desde su territorio.
Como ya se ha denunciado en informes anteriores, en 1992 se agravaron las dificultades que enfrentaba la economía cubana a partir de la desarticulación de los vínculos con sus antiguos socios comerciales de la desaparecida Unión Soviética y de Europa del Este. Es en esa coyuntura que se aprueba la llamada Ley Torricelli, con el objetivo de aislar totalmente a Cuba del entorno económico internacional y hacer colapsar su economía. Las disposiciones contenidas en esa legislación, de carácter profundamente extraterritorial, constituyen una flagrante violación de las normas internacionales que rigen la libertad de comercio y navegación y reflejan el desprecio e irrespeto hacia la soberanía de terceros Estados.
En 1996, insatisfecho aún por no haber logrado el colapso del sistema político y económico del país con la enmienda Torricelli, el gobierno de los Estados Unidos da un paso más en su escalada de acciones hostiles y agresivas hacia el pueblo cubano. Ese año se promulga la Ley Helms-Burton, en la cual se integran los principales programas y políticas que había estado promoviendo la ultraderecha estadounidense y la mafia terrorista cubano americana contra el pueblo cubano y su proyecto emancipador.
La Ley Helms-Burton, injerencista por su naturaleza y por su letra, pretende dictar en sus Títulos I y II, cómo debe ser el ordenamiento político, económico y social de un Estado soberano vecino, Cuba, al tiempo que promueve la subversión como vía para lograr sus propósitos, mientras que en sus Títulos III y IV intenta internacionalizar el bloqueo imponiéndole normas y reglas a la comunidad internacional sobre cómo desarrollar las relaciones económicas con la nación cubana, y estableciendo sanciones contra ciudadanos de otros países por sostener negocios con Cuba.
Estas leyes y regulaciones que afectan a nuestro país y que, además, extienden su acción contra toda la comunidad internacional, han sido complementadas con ulteriores disposiciones y medidas dirigidas al recrudecimiento del bloqueo. Entre las acciones más recientes, debe llamarse la atención acerca de la instrumentación de nuevos mecanismos de control y monitoreo para hacerlas más efectivas.
El arribo al poder de la Administración del Presidente George W. Bush, ha significado un recrudecimiento de la retórica anticubana y un mayor comprometimiento con la Fundación Nacional Cubano-Americana y otras organizaciones extremistas del Estado de La Florida, cuyas acciones terroristas y anexionistas son bien conocidas, y ha traído como resultado un endurecimiento de la política de bloqueo contra el pueblo cubano.
La actual Administración estadounidense se ha propuesto lograr a toda costa la aplicación más rigurosa de las regulaciones del bloqueo, en particular de la Ley Helms-Burton, tanto en sus aspectos económicos como políticos. Las sanciones y restricciones económicas han estado acompañadas de nuevas iniciativas para la promoción, organización y el financiamiento de la subversión interna en la Isla, valiéndose de la Sección de Intereses que mantiene Estados Unidos en La Habana, de los recursos de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y otros fondos oficiales, y de los recursos que brinda la Administración a organizaciones que, como Freedom House, fomentan la subversión y la injerencia en el territorio de la República de Cuba. Este año, el Gobierno del Presidente W. Bush ha llegado incluso a emitir una convocatoria pública para el otorgamiento de los recursos federales disponibles para el financiamiento de proyectos de subversión interna en Cuba, ofreciendo millones de dólares por cada proyecto presentado.
Uno de los aspectos más notables de la acción anticubana de la Administración del Presidente W. Bush ha sido el tema de la restricción de la libertad de viajes mediante las sanciones y las amenazas contra los ciudadanos norteamericanos que desean viajar a Cuba,actos que se han recrudecido durante los últimos 18 meses, cuando el gobierno de los Estados Unidos ha sometido a procesos judiciales y multas a un número creciente de ciudadanos estadounidenses. Baste decir que si bien del 3 de enero al 3 de mayo del año 2001, un lapso de cuatro meses, el Departamento del Tesoro envió 74 cartas a ciudadanos norteamericanos que se atrevieron a viajar a Cuba sin permiso, imponiéndoles multas por 7,500 USD como promedio, en los tres meses siguientes, del 4 de mayo al 31 de julio del propio año, se enviaron 443 cartas de esta naturaleza.
A modo de ejemplo, baste citar el caso del Sr. Cevin Allen, ciudadano estadounidense, quien ha sido una de las víctimas de las sanciones impuestas por el gobierno norteamericano por viajar a Cuba. El pasado año, en audiencia del Comité de Asignaciones del Senado, este ciudadano compareció para dar a conocer su caso. Por las insólitas e inhumanas circunstancias asociadas al mismo, se presentan a continuación algunos de sus detalles :
Residente en Sammamish, Washington, el Sr. Allen vivió en Cuba entre 1948 y 1955, con sus padres, que eran misioneros de la iglesia Pentecostal. Estos mantuvieron estrechos vínculos con la Isla después de su partida hacia Estados Unidos. En 1987, un lamentable incendio provocó la muerte de sus padres. En esos momentos Allen prometió que traería sus cenizas a Cuba, el lugar que ellos siempre habían amado, lo cual pudo cumplir diez años después. A su regreso, se le impusieron multas a él y a su acompañante por valor de 7500 dólares cada una, las cuales fueron rebajadas a 700 dólares tras una intensa batalla legal.
El Presidente George W. Bush, en la intensificación de su accionar anticubano, ha designado y promovido a funcionarios de origen cubano, incluso a algunos con antecedentes terroristas, a cargos claves en su gabinete o dentro del Departamento de Estado. Estos son parte activa o se relacionan estrechamente con la llamada Fundación Nacional Cubano Americana (FNCA) y otras organizaciones de ultraderecha de La Florida, cuya naturaleza terrorista ha sido denunciada y probada.
Durante los últimos años, el gobierno de los Estados Unidos ha pretendido confundir a la opinión pública internacional con una supuesta flexibilización de las regulaciones del bloqueo que, según aducía, permitirían la venta a Cuba de alimentos y medicamentos. Sin embargo, como señalamos en anteriores informes al Secretario General, las restricciones impuestas para llevar a cabo las transacciones que posibiliten estas compras por parte de Cuba, y los condicionamientos asociados, impidieron e impiden llevarlas a cabo, aún cuando exista la voluntad de Cuba de realizarlas y el interés por parte de los productores estadounidenses en efectuar las ventas. A fines del pasado año, tras las consecuencias del más devastador huracán que haya azotado a Cuba, en un gesto calificado en su oportunidad como amable por las autoridades cubanas, la Administración estadounidense no objetó la venta de cierta cantidad de alimentos al país, adquiridos para reponer las reservas utilizadas para enfrentar la necesaria atención a los damnificados por el Huracán Michelle.
Este hecho aislado motivó la falsa expectativa en diversos medios, entre ellos el propio empresariado estadounidense, de que se había emprendido un camino favorable a una política menos hostil de Estados Unidos hacia Cuba. Sin embargo, lo cierto es que las compras tuvieron que efectuarse con estrictas licencias del Departamento del Tesoro, en efectivo, y sin financiamiento alguno, ni siquiera privado, a la par que su transportación sólo pudo realizarse en buques norteamericanos y de terceros países, excepto de Cuba, o sea, que en ellas se mantuvieron las múltiples restricciones que impone el bloqueo. Adicionalmente, en el mes de abril del presente año, el gobierno de los Estados Unidos, de forma unilateral, canceló los visados de los empresarios cubanos que negociaban nuevas compras con las compañías norteamericanas que habían efectuado ventas a Cuba en meses recientes, y otras interesadas.
Vale también recordar los complejos procedimientos que han regido y rigen estas ventas. De una parte, los productos que las compañías norteamericanas exportarán a Cuba deben cumplir los requisitos establecidos para las exportaciones, deberá existir un contrato escrito y los embarques deberán realizarse en el término de un año a partir de la firma del contrato. Asimismo, los exportadores estadounidenses deberán realizar previamente una notificación, mediante la presentación de un modelo o planilla, o su equivalente electrónico, con la información que solicita el Departamento de Comercio, en particular el Buró para el Control o Administración de las Exportaciones (BXA), oficina que referirá la notificación a las restantes agencias gubernamentales de los Estados Unidos, como el Departamento de Defensa, el Departamento de Estado y presumiblemente al Consejo de Seguridad Nacional y otras entidades en algunos casos, que serán las que definitivamente decidirán, mediante un dictamen político, la realización de las ventas, procedimiento totalmente ajeno a las normas que deben regir el comercio entre países.
No es posible concebir racionalmente el desarrollo del comercio entre dos Estados soberanos, sin que exista entre ambos un régimen normal de relaciones inter-empresariales, que permita la negociación, un normal flujo financiero, el transporte aéreo y marítimo, el beneficio de fórmulas habituales de apoyo al comercio exterior y el imprescindible acceso a créditos.
Pero más aún, y para que no existiera la menor duda, tanto funcionarios del Departamento de Estado, como el propio Presidente de los Estados Unidos se encargaron inmediatamente de aclarar que independientemente de dichas ventas, el bloqueo seguía en pie, sin modificación alguna y que, por el contrario, se produciría una revisión de la política hacia Cuba, con el declarado objetivo de reforzar las medidas de coerción económica y las sanciones vigentes.
En violación de los más elementales principios de la libertad de comercio, la Ley de Reforma de Sanciones Comerciales aprobada en octubre del año 2000, si bien permite bajo ciertas condiciones la venta de alimentos y medicinas a nuestro país, también establece importantes restricciones en adición a las ya previstas en leyes anteriores. Esta Ley exige al Departamento de Comercio controlar las exportaciones de los productos agrícolas y del sector de la salud mediante la emisión de licencias, las cuales se encuentran bajo el control del Departamento del Tesoro, en particular de su Oficina para el Control de Bienes Extranjeros. Los productos que sean autorizados para ser exportados hacia Cuba, deberán cumplir determinados requerimientos de control y clasificación, atendiendo a las disposiciones dictadas por consideraciones de "seguridad nacional".
En el transcurso de este procedimiento, y en cumplimiento de la sección 906 de la Ley en cuestión, puede rechazarse la exportación de productos agrícolas a cualquier entidad en Cuba alegando razones de seguridad nacional. En cuanto a la moneda de pago, en las regulaciones no aparece definida la autorización para la utilización del dólar estadounidense en las compras por parte de las entidades cubanas. Las operaciones se realizan a través de bancos ubicados en terceros países y en otras monedas, fundamentalmente en euros, con las consiguientes pérdidas para Cuba en las operaciones cambiarias.
En relación con los productos del sector de la salud, se continúan aplicando las disposiciones de la Ley Torricelli. Los exportadores requieren de una licencia específica, concedida caso a caso, con vigencia de 24 meses. El otorgamiento de las licencias se condiciona a que el gobierno de los Estados Unidos sea capaz de monitorear y verificar mediante inspecciones in situ u otros medios, el usuario final del producto.
Por otro lado, solamente en el transcurso de este año se han introducido en el Congreso norteamericano 25 iniciativas legislativas contra Cuba, que, de ser aprobadas, seguirán profundizando aún más, si ello fuera posible, el bloqueo contra la Isla.
Sin embargo, paralelamente con este irracional comportamiento, existen diversas iniciativas legislativas a favor del levantamiento de las sanciones económicas unilaterales, que son el resultado, entre otros procesos, del incremento de las gestiones de los representantes del sector agrícola para encontrar nuevos mercados donde ubicar sus productos. Cada vez son más los sectores sociales y económicos estadounidenses que exigen el levantamiento del bloqueo, que no sólo afecta al pueblo cubano, sino a intereses de los sectores económicos norteamericanos y al propio pueblo de ese país.

El pasado 21 de marzo se anunció de manera oficial la creación del Grupo de Trabajo sobre Cuba (GTC) en la Cámara de Representantes, primero de su tipo en el Congreso norteamericano en más de cuatro décadas. El GTC ha estado promoviendo la eliminación de las restricciones para el financiamiento privado de las ventas agrícolas a nuestro país, la libertad de viajes y la eliminación de la Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Presupuestarias de 1999, que ha permitido el robo de marcas comerciales cubanas, en franca violación de las legislaciones sobre propiedad intelectual.
Cada día se suman más voces al rechazo de la política de bloqueo a Cuba. La prensa, las iglesias, el sector empresarial, y el propio ciudadano común, se cuestionan por qué se trata como enemigo a un país, por demás vecino, que no constituye una amenaza para los Estados Unidos. La continuada aplicación de esta política agresiva y de bloqueo por parte del Gobierno de los Estados Unidos, sólo demuestra su arrogancia e irrespeto por los valores compartidos por la comunidad de naciones, y constituye un claro desafío y un verdadero desprecio a los propósitos y principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional.
2. LA EXTRATERRITORIALIDAD EN LA POLÍTICA DE BLOQUEO.
El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América a la República de Cuba, tuvo desde el mismo momento de su instrumentación en 1960, un carácter extraterritorial, violando los principios vigentes del Derecho Internacional y, en particular, pisoteando el derecho soberano de las naciones de llevar a cabo sin interferencias sus relaciones económicas, comerciales y financieras. Estados Unidos se arrogó el derecho de legislar por y para otros países en sus relaciones con Cuba, llegando a atribuirse la capacidad de certificar la conducta y acciones de otros Estados.
En la base de esta política de efecto extraterritorial llevada a cabo por la potencia más poderosa del planeta, se encuentra su selectiva y discriminatoria interpretación del concepto de la soberanía de los Estados, principio definido y aceptado universalmente desde el Congreso de Westfalia de 1648, como la potestad de un Estado de decidir sobre sus asuntos internos y externos, que conlleva al propio tiempo el respeto a la soberanía de los otros Estados.
El enfoque selectivo y el doble rasero que caracterizan las posiciones de Estados Unidos en relación con el respeto a la soberanía de otros Estados, se ponen de manifiesto sin el menor reparo en la aplicación de su política unilateral de bloqueo a Cuba.
Lo peor en todo esto, es que la aplicación extraterritorial de la política de bloqueo contra Cuba no constituye un hecho aislado, sino parecería constituir un recurso común en la estrategia de dominación hegemónica del imperialismo norteamericano.
En los inicios de la década de 1990, se intentó fabricar un marco argumental que sirviera de soporte a la aplicación extraterritorial del bloqueo. La adopción de la denominada Ley para la Democracia Cubana de 1992, conocida como Ley Torricelli, marcó un primer momento cualitativamente importante en esa dirección, seguida más tarde, en 1996, por la Ley Helms-Burton, que elevaría a un estadío superior la extraterritorialidad en sus disposiciones de aplicación.
La Ley Torricelli establece prohibiciones y sanciones aplicables a las compañías subsidiarias extranjeras o afiliadas a empresas norteamericanas, aún cuando estén radicadas y organizadas en terceros Estados y por tanto operen bajo las leyes y jurisdicción de éstos.
Era conocido que Cuba, por la vía de las subsidiarias, adquiría productos vitales como medicinas y alimentos, lo que permitía cierto alivio en el impacto de la política de bloqueo.
En aquel momento, 107 casas matrices norteamericanas estaban interesadas en mantener un intercambio comercial con Cuba y podían acceder al mercado cubano. En el año 1991, el volumen de intercambio ascendía a 718 millones de dólares, del cual el 90.6% era de alimentos y medicinas. La Ley Torricelli se encargó de privar al pueblo cubano del acceso a esos productos.
Dicha Ley contemplaba prohibiciones a buques para la entrada a puertos estadounidenses y la inclusión en una "lista negra", de aquellos que transportaran mercancías a Cuba o por cuenta de Cuba, violando así las más elementales normas de la libertad de comercio y navegación que recogen el Derecho Internacional y los acuerdos internacionales de las Naciones Unidas.
La llamada Ley Helms-Burton, aprobada en 1996, institucionalizó y codificó numerosas disposiciones existentes anteriormente en forma de leyes, decretos, órdenes presidenciales, regulaciones y otras, que habían sido elaboradas a través de decenios.
Dicha ley, que otorga el "derecho" al Gobierno de Estados Unidos de decidir sobre el futuro político del pueblo cubano, instituyendo condiciones para la legitimidad de "un gobierno de transición" y los requisitos que debe cumplir un "gobierno elegido democráticamente", reserva para el Presidente de los Estados Unidos poderes que sólo competen al propio pueblo cubano. Sencillamente, Estados Unidos se arroga la capacidad de decidir, oficial y públicamente, sobre los asuntos que se suponen sean atributos exclusivos de la soberanía cubana. En realidad, con esta ley, se ha pretendido retrotraer la historia a los tiempos en que Estados Unidos impuso a Cuba, mediante la denominada "Enmienda Platt", el reconocimiento de su derecho a intervenir en nuestro país como condición para conceder la independencia tutelada del pueblo cubano en 1902.
En la misma se establecen sanciones como la retirada del visado para entrar a los Estados Unidos a los empresarios de terceros países que tengan negocios con Cuba y a sus familiares. También se establece el derecho de personas que eran ciudadanos cubanos el 1ro de enero de 1959 y emigraron a los Estados Unidos, adquiriendo después la ciudadanía estadounidense, a presentar demandas en Cortes norteamericanas contra empresarios de terceros países que tengan negocios en Cuba, en las propiedades de aquellos que fueron nacionalizadas, y a los que la Ley los considera "traficando" con dichas propiedades.
Los efectos extraterritoriales del bloqueo se sienten en todas las esferas de la cooperación internacional, incluyendo a las propias Naciones Unidas y sus agencias especializadas. Existen suficientes ejemplos que así lo demuestran, como los que se enuncian a continuación:
La Facultad de Ciencias Médicas "Dr. Miguel Enríquez", ubicada en La Habana, ejecuta un proyecto de inversión con financiamiento de la Universidad Georg August de Goettingen, de Alemania, para el establecimiento del Laboratorio Central de Líquido Cefalorraquídeo (LABCEL), con el objetivo de realizar exámenes en este líquido biológico con tecnología de punta, lo cual redundará en beneficio de la población cubana. Este laboratorio tendrá funciones asistenciales, de investigación y de docencia para pre y posgraduados, tanto para nacionales como para extranjeros.
La Casa Matriz Beckmann-Coulter de Estados Unidos, prohibió en febrero del 2001 a su filial en Europa, que enviase un nefelómetro láser de última generación tipo IMMAGE al proyecto LABCEL de Cuba, bajo el enunciado de la Ley Helms-Burton. La casa matriz llegó a amenazar a su filial europea de prohibirle el derecho de exportación, si ese equipo era enviado a Cuba. Por ello, Cuba se ha visto privada de este equipo, que constituye la base del proyecto, el cual ha visto retrasado en más de 1 año la puesta en marcha de dicho laboratorio.
En el informe del año 2001, Cuba denunció cómo en el marco de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), se le negaba el derecho a participar en el Proyecto Global de este organismo WISEWORLD 2000, que ofrecía a los países en desarrollo la posibilidad de recibir un programa informático para la emisión de certificados digitales, así como técnicas de criptografía de uso comercial.
Este año la Representación Permanente de los Estados Unidos ante el Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) entregó una carta dirigida al Director General del OIEA, Dr. Mohammed El Baradei, fechada el 10 de mayo de 2002, con la solicitud de ese Gobierno de que los fondos financieros entregados por los Estados Unidos para actividades de colaboración del OIEA no fueran empleados en proyectos con Cuba, en virtud de la Sección 307 de Ley de Asistencia Extranjera de los Estados Unidos. Esta acción contraviene los Estatutos del OIEA.
Cuba continuará denunciando la extraterritorialidad de la política de Estados Unidos y reclamando el cumplimiento estricto del derecho internacional, en particular del derecho a la libre determinación de los pueblos y a la soberanía de los Estados.
3. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA SALUD, LA ALIMENTACIÓN Y LA EDUCACIÓN.
Desde el inicio de la aplicación del bloqueo a Cuba, en los albores de la década del sesenta, el Sistema de Salud y Educación, y la realización del derecho a la Alimentación del pueblo cubano han sido objetivos priorizados de las agresiones norteamericanas. Las acciones dirigidas a crear condiciones que promuevan el hambre y las enfermedades y con ello socavar el apoyo popular a la Revolución Cubana, han figurado de manera constante en los planes y programas concretos de la guerra sucia contra Cuba.
3.1 SALUD.
El bloqueo y la política hostil de sucesivos gobiernos norteamericanos, han causado graves daños al Sistema Nacional de Salud cubano, entorpeciendo la adquisición de tecnologías, medicamentos, materias primas, reactivos, medios de diagnóstico, equipos y piezas de repuesto, así como medicamentos para el tratamiento de enfermedades graves, traumatizantes y penosas como el cáncer, entre otras.
Las consecuencias de estas carencias en muchos casos han resultado dramáticas, no sólo por el sufrimiento humano de los pacientes y sus familiares, sino porque el personal médico se ha visto imposibilitado de salvar una vida o aliviar una dolencia.
Cuba ha denunciado reiteradamente los daños ocasionados al sistema de salud cubano por el bloqueo de los Estados Unidos, lo que continuaremos haciendo mientras perdure esta política genocida. En este informe, se referirán algunos casos que ilustran las consecuencias referidas. Sin embargo, conviene llamar la atención sobre uno de estos ejemplos, que bastaría por si solo para demostrar lo que se afirma:
La Fiscalía Federal, bajo la dirección del Departamento de Justicia de Estados Unidos, declaró culpable al ciudadano canadiense James Sabzali y a los estadounidenses Donald E. Brodie y Stefan E. Brodie, ejecutivos de la compañía Purolite por "violar el bloqueo contra Cuba". Tras cinco años de investigaciones sobre sus negocios con nuestro país, el Sr. Sabzali podría enfrentar hasta 205 años de cárcel.
¿Acaso el Sr. Sabzali vendió a Cuba algún producto que fuera un secreto estratégico de ese país? Nada más lejos de la realidad. Aunque parezca insólito, el delito que se imputa a los ejecutivos mencionados es haber vendido a nuestro país los materiales empleados para purificar el agua potable que se suministra a la población para su consumo directo. Otro ejemplo que amerita ser comentado por su impacto negativo en la salud del pueblo cubano, es el siguiente:
La firma norteamericana "Rashkind" produce un catéter denominado "catéter balón" utilizado en la fetostomía, procedimiento pediátrico de gran complejidad. Cuba, al no poder comprarlo en los Estados Unidos, tiene que importarlo de Canadá, provocando que el precio de 110.00 dólares por unidad se incremente a 185.00 dólares, sin contar el costo de transportación. Existe un grupo numeroso de medicamentos directamente relacionados con la supervivencia de los pacientes, tales como antibióticos, antimicóticos y reguladores inmunológicos, producidos por firmas norteamericanas, que no están disponibles en nuestras salas de terapia, porque oficialmente no pueden ser importados desde ese país ni comprados a terceros.
Cuba no puede adquirir tecnologías de punta que controla Estados Unidos como la Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria para el Programa de Atención al Paciente Renal Crónico, inmunosupresores modernos como el FK506, el Micofenolato Mofetil, y los Dializadores con membranas sintéticas, entre otras tantas.
Algunas Compañías como Baxter, Healthcare, Drake Willock, Vitalmex Interamericana S.A., proveen sus productos en mercados cercanos con alto desarrollo tecnológico. Sin embargo, tienen prohibido vender equipos, materiales gastables y accesorios a Cuba. Las máquinas de diálisis reconstruidas y otros equipos para los cuidados terciarios, si pudieran adquirirse en los Estados Unidos, ahorrarían a Cuba entre un 66% y un 75% del costo de una máquina nueva.
La Compañía norteamericana One-Lambda, produce lo que los médicos cubanos consideran el más útil kit para los tipajes HLA (Histocompatibility Lymphocyte Antigen), esenciales para determinar la compatibilidad de un candidato a trasplante de riñón con los posibles donantes. Cuba no puede comprar estos kits, que permiten hacer las pruebas de 70 especialidades y requieren solamente de 2 a 3 ml de sangre del paciente.
En abril del 2001, la División de Vitaminas de Roche informó que el Gobierno norteamericano no le permitía despachar directa o indirectamente ningún producto manufacturado en ese país con destino a Cuba. La firma Roche solamente produce la Vitamina A (Acetato) en los Estados Unidos, por lo que el contrato fue cancelado. Algo similar ocurrió con la firma Anaquim, suministradora de pegamento para las etiquetas de los frascos utilizados en hemoderivados, la cual también canceló su contrato con Cuba.
Las limitaciones en esta esfera han constituido una seria amenaza para la salud de la población cubana, provocando serias dificultades para el enfrentamiento de enfermedades como la hepatitis, las enfermedades del tracto gastrointestinal y el dengue. Desde agosto del año 2001, el Gobierno cubano ha tratado de obtener ofertas de plaguicidas para combatir el mosquito Aedes Aegypti, transmisor del dengue, y por el solo hecho de que la planta productora de la misma se encuentra en territorio norteamericano, se nos ha negado el derecho a su adquisición.
Esta realidad no es nueva. En 1981, y ante una epidemia de dengue hemorrágico introducido en Cuba por un agente de los grupos terroristas que aún hoy actúan contra Cuba desde los Estados Unidos, el Gobierno norteamericano también negó al gobierno cubano la compra de insumos y equipos para la lucha contra esta peligrosa enfermedad. Baste solo recordar que, víctimas de esa epidemia, fallecieron 151 personas, de ellas 101 niños. Son múltiples las afectaciones ocasionadas en el desarrollo de nuestros recursos humanos en el área de la salud, por las restricciones y prohibiciones al intercambio científico y los obstáculos para la obtención de financiamiento para programas de investigación y superación profesional. Se mantiene la negativa reiterada de visas a científicos cubanos para viajar a EE.UU., se continúa limitando el acceso a información científica, la participación de los investigadores cubanos en actividades, cursos y eventos de este tipo, así como se mantiene la prohibición a personalidades norteamericanas de la ciencia de viajar a Cuba.
El ejemplo más reciente es el caso de investigadoras del Centro de Inmunología Molecular, especializadas en el desarrollo de nuevos tratamientos (vacunas y anticuerpos) contra el cáncer, quienes debían viajar a la ciudad de Orlando, en la Florida, para participar en el Encuentro Anual de la Sociedad Americana de Oncología Clínica, que se realizaría entre el 18 y el 21 de mayo. Solo en los últimos dos años, el Gobierno de Estados Unidos ha negado visas en más de 6 ocasiones a científicos de dicho Centro. Como se indicó anteriormente, a fines del año pasado el gobierno norteamericano no objetó la venta a Cuba de algunas cantidades de medicinas y materias primas para producirlas.
Sin embargo, lo cierto es que la empresa importadora de medicamentos e insumos médicos "MEDICUBA" contactó con 17 firmas y entidades norteamericanas con solicitudes de medicamentos que se requerían con urgencia para reponer las reservas movilizadas en función de las afectaciones provocadas por el huracán Michelle y la respuesta no fue satisfactoria.
De las 17 firmas contactadas: 8 no respondieron, 4 expresaron interés, pero no llegaron a ofertar, 1 señaló que no podía ofertar porque no tenía instrucciones de su gobierno (Pharmacia & Upjohns) y las otras 4 ofertaron, pero no se pudieron concluir las operaciones, ya que los precios eran excesivamente altos en relación con los del mercado mundial, excepto en un producto, en el que se desestimó la operación por lo dilatado de las negociaciones.
Cuba considera que las razones de este comportamiento hay que buscarlas, no en una negativa posición de estas compañías hacia el comercio con Cuba, sino en la existencia durante varias décadas de prohibiciones draconianas y de un sofisticado sistema gubernamental para perseguir y sancionar severamente cualquier mínima seña de desobediencia, que aún hoy provoca temor entre las compañías norteamericanas y les impide intentar vender medicamentos a Cuba, aún bajo el anticuado e inoperante sistema de licencias.
3.2 ALIMENTACIÓN.
Como ya se mencionó, una de las esferas que tradicionalmente ha sido afectada por las restricciones impuestas por el bloqueo de los Estados Unidos contra Cuba, es la de las importaciones de productos alimenticios con destino a la población y al consumo social, lo que limita la cantidad y calidad de éstos e incide directamente en el nivel alimentario y nutricional de los cubanos y por ende, en su salud.
Las afectaciones a nuestra economía durante el año 2001 en este importante sector como consecuencia del bloqueo se elevaron a 233.7 millones de dólares.
De esta cifra, 103.0 millones de dólares corresponden a las afectaciones registradas en las importaciones de los alimentos básicos de la dieta de la población, cuyos precios internos de venta son subsidiados por el Estado, así como los asignados al consumo social gratuitamente en centros escolares, hospitalarios, círculos infantiles y hogares de ancianos, entre otros.
Esta cifra de incidencia tan sensible, se desglosa de la forma siguiente:
* 38 millones de dólares por concepto de diferencia de precios con relación a otros mercados, los únicos que estaban a nuestro alcance y cuyos costos en tales circunstancias se elevaban artificialmente;
* * 30 millones en costos de transportación debido a las enormes distancias que debían recorrer los alimentos procedentes de otros mercados; y
* * 35 millones por los costos financieros de las operaciones, considerablemente elevados a causa del bloqueo.
Adicionalmente, al mantenerse en vigor por espacio de 40 años de manera ininterrumpida, la imposibilidad para el país de realizar operaciones en dólares estadounidenses en el mercado internacional, se incrementa notablemente el costo de las transacciones, teniendo las entidades cubanas que asumir las fluctuaciones de las monedas y las comisiones que cobran los bancos por este tipo de servicio. Por tal motivo y sólo para que se tenga una idea, si bien los costos de los créditos para la importación de alimentos en el mercado internacional ascienden aproximadamente a un 6%; a Cuba se le aplica entre un 9% y un 15%, como consecuencia de los riesgos a que se exponen los bancos y los proveedores que nos ofrecen financiamiento. Ello significa sustanciales erogaciones adicionales cada año.
Por otra parte, la obligatoriedad de que las operaciones se realicen en una sola dirección, impidiendo cualquier exportación de Cuba hacia los EE.UU., implica que habría podido incurrirse en ahorros sustanciales, si los buques pudiesen regresar con cargas de exportaciones cubanas hacia ese país. De hecho, a modo de ejemplo, en el caso de las cargas a granel, podría registrarse un ahorro de aproximadamente el 36% en los costos de transportación, debido a que se realizan erogaciones del orden de 15,50 dólares por TM por concepto de flete, cuando la cifra pudiera reducirse a aproximadamente unos 10.00 dólares por TM, si los barcos pudieran tomar cargas de retorno hacia los EE.UU.
Por si no resultara suficiente la prohibición a las exportaciones cubanas hacia el mercado de EE.UU., hay que significar que las licencias emitidas por el Departamento del Tesoro para autorizar a los buques de cualquier nacionalidad a transportar los alimentos cuya exportación a Cuba haya sido aprobada por las agencias del gobierno de EE.UU., impiden explícitamente la carga de cualquier producto en puerto cubano, no sólo al mercado de EE.UU., sino cualquiera que fuese su destino.
A lo anterior, habría que añadir el hecho de que la visita de cada empresario de EE.UU. a Cuba para sostener negociaciones directas con sus contrapartes, requiere de la correspondiente licencia del Departamento del Tesoro para autorizar el viaje
Como se aprecia, puede afirmarse que las erogaciones adicionales ocasionadas por el impacto del bloqueo en las importaciones de alimentos que Cuba realiza, son del orden del 20 al 25% de su valor total, tratándose de recursos que pudieran ser destinados a la importación de mayores volúmenes de leche en polvo, carne de ave, productos de soya, y otros igualmente fundamentales para la alimentación de niños, ancianos y enfermos.
En otras palabras, si Cuba pudiera desarrollar el comercio con los EE.UU. bajo condiciones normales desde todo punto de vista (posibilidades de financiamiento, condiciones de transportación, y libre de requisitos de licencias) podría incrementarse el nivel de compras de alimentos a los agricultores norteamericanos en mas de 500 millones de dólares por encima de las compras que pueden realizarse mediante las licencias actuales.
Si como se proyecta, las importaciones de alimentos para satisfacer el consumo de la población, el consumo social y el del turismo, crecieran en los próximos 5 años hasta llegar a niveles de entre 1200 y 1500 millones de dólares, los beneficios de los agricultores norteamericanos y los consumidores cubanos serian considerables en ambos sentidos.
Las afectaciones económicas ocasionadas por el bloqueo también han repercutido negativamente en la avicultura y la ganadería del país.
El consumo de carne de ave y huevos se ha visto drásticamente afectado. Las propias fuentes norteamericanas reconocen en sus estadísticas sobre el desarrollo de la Industria Avícola Mundial que en Cuba, el consumo de carne de ave y huevos durante 1990 era de 12.2 Kg y 10.3 Kg per cápita respectivamente. Sin embargo, en el año 2001, el consumo en estos renglones se estimó en 7.1kg y 5.1kg per cápita, lo que evidencia un deterioro en el consumo de estas importantes fuentes de proteínas por parte de la población cubana.
El bloqueo impide el acceso de la avicultura cubana a la alta tecnología desarrollada por los Estados Unidos, lo que afecta la capacidad para incrementar el rendimiento en la producción de huevos y de carne de ave. El impacto directo del bloqueo en la producción avícola ha sido del orden de los 59.6 millones de dólares anuales. La búsqueda de mercados distantes de materias primas para la producción de piensos avícolas, entre ellos cereales y harina de soya, representaron costos adicionales de 14.3 millones de dólares, que habrían podido emplearse en la producción de 250 millones de huevos adicionales cada año.
La producción porcina también se ha visto seriamente afectada. En la actualidad, Cuba sólo produce un 50% de este tipo de carne en comparación con la que lograba producir en la década de 1980, como consecuencia del déficit alimentario que padece la masa porcina, así como por la imposibilidad de disponer de créditos para financiar el desarrollo de esta rama.
Si bien Cuba se encuentra entre los primeros productores y exportadores de cítricos a escala mundial, los productos citrícolas y sus derivados, a consecuencia del bloqueo, quedan totalmente excluidos del mercado norteamericano, lo que provoca pérdidas de 4.5 millones de dólares anuales por concepto de precios y fletes
En resumen, las acciones dirigidas a afectar el consumo y comercio en materia de alimentos, han sido componentes medulares en el diseño de la política de bloqueo hacia Cuba, con el objetivo de que las limitaciones y necesidades de la población provoquen un clima de insatisfacción popular e inestabilidad interna.
3.3 EDUCACIÓN
La guerra económica contra Cuba por más de cuarenta años ha originado cuantiosas pérdidas al sistema educacional. Múltiples han sido las afectaciones al aseguramiento material de las escuelas cubanas, en aspectos tan sensibles como los libros de texto, lápices y libretas, uniformes escolares, medios para la educación artística y el deporte escolar, entre otros.
Estas afectaciones han generado efectos negativos en las posibilidades de un mayor desarrollo de habilidades y capacidades de los niños y jóvenes cubanos, que han sido sólo superadas mediante la inventiva y perseverancia de un claustro de profesores altamente calificado y profundamente comprometido con su labor.
Esta política genocida ha tratado de impedir a toda costa el acceso de Cuba a las nuevas tecnologías, a los avances de la ciencia y la técnica, y a las fuentes de financiamiento y créditos para el desarrollo a través de organismos e instituciones financieras internacionales. Se ha pretendido negar la posibilidad de introducir las técnicas de computación en las escuelas, bloqueando los intentos de acceder a los mercados y a las experiencias de otros países, así como se ha entorpecido toda gestión del Estado cubano dirigida a la adquisición de equipamiento para los centros escolares.
El recrudecimiento del bloqueo en la pasada década agudizó las limitaciones y restricciones de la actividad educacional. Un claro ejemplo de ello es que la cantidad de libretas y lápices que se distribuyeron en el curso escolar 2001-2002, alcanzaron sólo el 50% de los niveles de distribución de 1989.
El poder de compra del financiamiento disponible para la importación de medios y recursos destinados a las escuelas cubanas, disminuyó entre un 25 y un 30%, como resultado de tener que adquirir dichos medios en mercados lejanos, y en ocasiones a precios superiores por las restricciones que el bloqueo impone a Cuba.
Un ejemplo evidente es que durante el año 2001 se ejecutaron importaciones por valor de 19 millones de dólares para adquirir la base material de estudio y de vida de las escuelas cubanas. Al tener que ser traídas de mercados lejanos, Cuba se vio obligada a pagar fletes en exceso, calculados en un 20% del total de esas importaciones, que hubieran permitido adquirir 37 millones de libretas o 185 millones de lápices adicionales.
Pese a los efectos adversos del bloqueo, el Gobierno cubano ha priorizado la asignación de recursos materiales y financieros indispensables para mantener todas las escuelas abiertas y funcionando en cada curso escolar.
Sólo en el año 2001 se destinaron más de 2 300 millones de pesos, al Presupuesto de Gastos de la Educación, lo que representó el 8.1% del PIB cubano y el más alto presupuesto de toda la historia del país.
Cabe destacar, asimismo, que a pesar de todas estas limitaciones y obstáculos, desde el año 2000 se han iniciado programas tales como la Universidad para Todos, el Programa Audiovisual para niños, adolescentes y jóvenes, la creación y ampliación del número de centros de video y de computación comunitarios para alumnos y pueblo en general, la formación masiva de trabajadores sociales e instructores de arte para laborar en las escuelas y comunidades, la preparación general e integral de jóvenes entre 17 y 29 años desvinculados del estudio o el trabajo y otros. Se trabaja intensamente para alcanzar el objetivo de que cada aula de enseñanza primaria y secundaria no tenga más de 20 alumnos por maestro.
En el caso de los Programas de Computación Educacional y de Desarrollo de Programas Audiovisuales y Software Educativos, se ha realizado un significativo esfuerzo para dotar a todas las escuelas de los recursos necesarios, por lo que se han adquirido y distribuido más de 60 mil computadoras, decenas de miles de televisores a color y equipos de video, así como se han preparado unos 12 mil maestros y profesores para impartir clases de computación a niños, adolescentes y jóvenes.
Estos programas han llegado a las zonas más apartadas del país. Unas 2000 escuelas a las que no había sido posible llevar la electricidad, fueron equipadas con paneles solares y con los equipos necesarios para la formación integral de los niños.
Sólo por la férrea voluntad política del gobierno cubano y sus esfuerzos por lograr una preparación integral de la población, es que ha sido posible alcanzar un nivel educacional superior al de muchos países de la región, reconocido así por agencias de las Naciones Unidas, tales como la UNESCO y el UNICEF.
4. AFECTACIONES EN LA ESFERA DE LA EXPORTACIÓN Y LOS SERVICIOS.
La aplicación del bloqueo económico, comercial y financiero por los Estados Unidos contra Cuba ha traído consigo innumerables efectos negativos en la esfera de la exportación y los servicios.
El comercio exterior cubano, ha tenido cuantiosas pérdidas debido a esta criminal política. Sólo el año pasado, se hicieron erogaciones adicionales de 515.58 millones de dólares por concepto de diferencias de precios, condiciones adversas para el financiamiento y el transporte, encarecimiento de los seguros y fletes, etc.
Uno de nuestros principales productos de exportación, el azúcar crudo, ha sido uno de los más afectados por el bloqueo. Con la cancelación de la cuota azucarera de Cuba en el mercado de los Estados Unidos a inicios de la década de 1960, la economía cubana sufrió un duro golpe. Baste solo decir que los EE.UU. importaban de Cuba alrededor del 58.2% del total de sus importaciones de azúcar, lo cual representaba el 80% del total de ingresos de la economía cubana.
El bloqueo imposibilitó, además, el acceso del azúcar cubano a la Bolsa de Café, Azúcar y Cacao de Nueva York, la cual establece el precio de referencia para las exportaciones de azúcar crudo a escala mundial. Esto se traduce en pérdidas económicas y de competitividad, que han provocado en el período 2001-2002 daños a la economía por 193.9 millones de dólares.
En mayo de 1982, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), estableció un nuevo Sistema de Cuotas por países para la importación de azúcar con destino al mercado estadounidense. Actualmente, 40 países productores de azúcar mantienen la comercialización por medio de cuotas azucareras estadounidenses, lo que les garantiza precios de alrededor de 21 centavos por libra, cifra cuatro veces superior a la del mercado mundial, cuyo carácter es crecientemente residual.
A Cuba le hubiera correspondido ubicar el pasado año en el mercado estadounidense alrededor de 918,180.23 TM. Dada la imposibilidad de acceder a dicho mercado, el país tuvo que vender su azúcar a los precios que pudieron ser negociados, provocando una afectación de 177.3 millones de dólares.
Otro de los productos líderes en las exportaciones cubanas, el níquel, continúa afectado por las medidas del bloqueo. Se mantiene la prohibición de importación a los Estados Unidos de cualquier mercancía que contenga total o parcialmente un componente de origen cubano o que haya sido elaborado con el níquel de Cuba. Por esta razón, solamente en el año 2001 hubo pérdidas de 5.4 millones de dólares.
Este sector también se ha visto afectado por otros factores que adicionalmente han ocasionado gastos por valor de 8.6 millones de dólares, a saber, el uso de intermediarios para colocar el producto en el mercado mundial, los obstáculos en la realización de embarques periódicos por medio de líneas internacionales regulares de buques, la lejanía de los mercados y la limitada concurrencia de proveedores dispuestos a comerciar con Cuba, entre otros.
Una actividad del comercio exterior estrechamente vinculada a la producción de alimentos y a la salud, es la importación de productos químicos. Por ejemplo, en el caso de los fertilizantes, el bloqueo ha obligado al país a pagar hasta 47.0 dólares adicionales por tonelada métrica por encima de los niveles del mercado, lo que significó en el año 2001 un gasto adicional de 2.3 millones de dólares.
En este sentido, la lucha contra plagas como la Broca del Cafeto, el Thrips palmi y el Ácaro del Vaneado del Arroz, que según todas las evidencias fueron introducidas intencionalmente en la agricultura cubana, ha enfrentado obstáculos importantes al ser adquirida por una compañía de los EE.UU. la firma que tradicionalmente vendía a nuestro país los pesticidas necesarios para su control biológico.
En la última década, la industria turística cubana tuvo un importante desarrollo, que la ubicó como la principal fuente de ingresos de la economía nacional. Este desarrollo se ha tenido que realizar en condiciones hostiles debido al recrudecimiento del bloqueo. Muchos son los sectores que inciden en dicha industria y que no escapan de los efectos negativos de esta política.
Particularmente en la rama hotelera, vale la pena mencionar un ejemplo ilustrativo:
Hilton International Group plc, cuya casa matriz está en Inglaterra, tuvo que retirarse de negociaciones ya avanzadas para administrar dos hoteles de la empresa mixta Quinta del Rey S.A. en Cayo Coco y La Habana. Hilton International comunicó al Ministerio de Turismo cubano, que sus abogados estimaban que las autoridades estadounidenses considerarían el negocio propuesto como una violación de la Ley Helms-Burton, dado que todas las operaciones de dicho grupo se rigen dentro y bajo el marco de Hilton International Corporation, subsidiaria de los Estados Unidos. De haberse concretado estas negociaciones, el país hubiera obtenido en 25 años, alrededor de 107.2 millones de dólares.
Cuba es una vía ideal para el paso de los cruceros que recorren el Caribe. Sin embargo, no puede participar de los beneficios que generarían estos servicios, a partir de las prohibiciones que se aplican a las Compañías de Cruceros como resultado de la Ley Torricelli.
Entre diciembre del 2001 y marzo del 2002, la compañía europea Festival Cruise Lines basificó uno de sus mayores barcos, el Mistral, en La Habana como puerto madre, desde donde comenzaba semanalmente sus recorridos. La ruta de este crucero es una de las más de veinte que contiene el catálogo de esa compañía. Por esta razón, se vio sometida a grandes presiones para que suspendiera ese itinerario, y fue obligada a incluir en su catálogo, para la temporada mayo-diciembre del 2002, la advertencia: "Estos cruceros no pueden comercializarse en Estados Unidos de América".
Asimismo, con la adquisición de la Costa Cruciere, por la empresa Carnival Corporation, compañía de capital norteamericano, se impuso por los Departamentos de Estado y del Tesoro de los Estados Unidos la terminación del Proyecto Cuba, lo que ha implicado pérdidas de alrededor de 62.2 millones de dólares, que incluye la congelación del programa de inversión para remodelar el muelle Sierra Maestra.
En adición a las restricciones que hemos abordado, la legislación norteamericana sobre el bloqueo instituye la prohibición a los ciudadanos estadounidenses de viajar a Cuba, medida que es violatoria del derecho constitucional de los ciudadanos norteamericanos de viajar libremente a cualquier país.
Los adversos efectos que esta medida genera en la industria turística son considerables. El presidente de la American Society for Travel Agencies (ASTA), en visita a Cuba durante el mes de abril del presente año, declaró que las proyecciones de su organización arrojaban que de levantarse las prohibiciones a los viajes, en el primer año posterior a esa decisión arribarían a Cuba un millón de estadounidenses, y cinco años después, esa cifra se habría elevado a cinco millones de turistas de ese origen.
La implementación de estas medidas trae consigo la imposición de multas y otras sanciones de carácter penal, que han sido recrudecidas por la presente Administración. Ejemplo de ello es el notable incremento de las multas que han sido impuestas a ciudadanos norteamericanos por viajar a Cuba sin la debida autorización.
Solamente en el 2001, la División del Departamento del Tesoro que investiga los viajes a Cuba, impuso 698 multas por valor de 7500 dólares cada una a ciudadanos estadounidenses, 520 más que en el año 2000.
El 15 de marzo del 2002, en una audiencia del Comité de Asignaciones del Senado de los Estados Unidos, el Secretario del Tesoro, Sr. Paul O´Neill, reconoció que "si la Administración Bush aprobara la reducción de recursos destinados a perseguir y multar a ciudadanos estadounidenses que viajan a Cuba, esos recursos serían mejor empleados en la lucha contra el terrorismo". Horas más tarde, ante la presión del lobby cubano de Miami, la Casa Blanca emitió un comunicado donde explicaba que el Secretario O´Neill apoyaba la política de la Administración en relación con los viajes a Cuba, y que sus palabras no tenían la intención de promover un cambio con relación a esta.
La aviación civil es un eslabón imprescindible en la obtención de ingresos por el turismo. La política mantenida por las diferentes administraciones estadounidenses, violatoria de las normas y preceptos del Convenio sobre la Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago), y en particular de lo referido en su Artículo 44, relativo a los fines y objetivos del Convenio, demuestra el intento de aislar a Cuba del sistema internacional.
Las restricciones expuestas en el Informe que enviara Cuba el año pasado se mantienen, y han provocado, hasta mayo del 2002, pérdidas equivalentes a 153.6 millones de dólares. De estas restricciones, pudieran destacarse la imposibilidad de adquirir y arrendar aviones de alta eficiencia; de acceder a nuevas tecnologías en materia de comunicaciones, navegación aérea y estaciones de radiolocalización; restricciones en el uso de nuestras aerolíneas de los Sistemas de Reservación por Computadora (SRC) tales como SABRE, GALILEO y WORLDSPAN; la exclusión de las líneas aéreas cubanas de los servicios de proveedores estadounidenses de combustible de aviación, entre muchas otras.
Lo expuesto en esta Sección confirma el impacto nocivo de la aplicación de la política de bloqueo sobre la economía cubana, y permite tener una imagen de los sacrificios y limitaciones a los que el pueblo cubano se ha enfrentado por más de cuarenta años. Si sumamos las afectaciones del año 2001 sólo en 9 sectores de la economía cubana, éstas ascienden a la nada despreciable cifra de 643 millones de USD.
5. LA SECCION 211 DE LA LEY ÓMNIBUS DE ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE 1999.
Como se ha señalado en informes anteriores, desde diciembre de 1998 el Gobierno de Cuba ha venido denunciando en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en otros foros, el carácter discriminatorio de la Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Presupuestarias de 1999 de los Estados Unidos.
La aprobación de esta Sección se logró mediante procedimientos amañados, concebidos por legisladores muy vinculados a intereses anticubanos con influencia en los medios políticos norteamericanos, y tuvo como objetivo la extensión de los principios de la Ley Helms-Burton a la esfera de la propiedad intelectual, que había quedado exenta de la aplicación de las medidas del bloqueo impuesto por el gobierno de los Estados Unidos contra Cuba.
Esta disposición, sin precedentes en la historia del derecho de propiedad intelectual, tiene el firme propósito de crear obstáculos al desarrollo de aquellas inversiones extranjeras en Cuba que estén asociadas a la comercialización internacional de productos cubanos de reconocido prestigio internacional.
La Sección 211 fue presentada ante el Subcomité Judicial y de Propiedad Intelectual del Senado de los EE.UU., por un abogado y asesor de la Compañía Bacardí, en momentos en que esa empresa se encontraba en un litigio judicial en el Distrito Sur de Nueva York, por estar utilizando ilegalmente la marca "Havana Club", con los reales propietarios de esa marca, lo que hace evidente su vinculación con los intereses de dicha Compañía.
De esta manera, esa sección, junto al resto de las medidas del bloqueo, sirvió para sustentar el fallo del tribunal de Nueva York que despojó a la empresa mixta cubano-francesa "Havana Club Holding" de sus derechos para registrar y potencialmente comercializar el ron cubano "Havana Club" en los Estados Unidos, cuestión esta que ha ocasionado incontables pérdidas económicas al pueblo cubano.
Recientemente, el Órgano de Apelaciones de la OMC, declaró que la Sección 211 es incompatible con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) en tanto impide el acceso a los tribunales de los Estados Unidos, a los titulares de marcas comerciales y sus sucesores en interés, para hacer valer sus derechos.
Asimismo, en enero de este año ese mismo Órgano reconoció que la Sección 211 viola los principios básicos de la OMC como son el Trato Nacional y el Trato de Nación Más Favorecida. En consecuencia, la Sección 211 debe ser modificada o derogada, por cuanto es incompatible con esos principios recogidos en los compromisos internacionales asumidos por Estados Unidos en el ámbito de la propiedad intelectual.
Una vez más, el gobierno norteamericano ha hecho caso omiso de las recomendaciones de instituciones multilaterales y de la propia legislación internacional que sirve de sustento a sus labores. Cuba continuará denunciando su aplicación mientras esta Ley no sea derogada, por constituir una franca violación del Derecho Internacional en materia de propiedad intelectual.
6. AFECTACIONES A OTROS SECTORES DE LA ECONOMÍA NACIONAL.
Como ha podido apreciarse hasta el momento, son incontables los ejemplos que ilustran las enormes dificultades que ha tenido que enfrentar nuestro pueblo de manera sostenida, a lo largo de estos cuarenta años, provocando un notable deterioro en todas las esferas de la economía nacional.
A continuación se destacan otros ejemplos que demuestran los efectos adversos de esta política.
* En marzo del 2002 la ONG norteamericana Resource Exchange International-Cuba, fue amenazada por la Sección de Intereses de los Estados Unidos en La Habana por sus vínculos de carácter científico con el Hospital Calixto García de Ciudad de La Habana. Se le prohibió a esta organización llevar a cabo proyectos de investigación conjunta o de colaboración científico-técnica con cualquier institución de la salud pública cubana. Adicionalmente, se les amenazó con la invalidación de su permiso para viajar a Cuba en caso de que se firmara algún documento de colaboración.
* El día 18 de enero del presente año, el Sr. Jonathan B. Hill, Consejero de la Airline Tariff Publishing Company (ATPCO), retransmitió a la Jefa del Departamento de Tarifas de Cubana de Aviación, el fax originalmente enviado el 11 de diciembre del 2001, por el que comunicaba que, después de la revisión de las regulaciones de control en cuanto a Cuba: "ATPCO se verá en la necesidad de abstenerse de todo tipo de negocios con Cubana". De esta manera, el día 10 de abril del 2002 fueron canceladas todas nuestras tarifas, reglas y datos de la base de datos de la ATPCO.
* Empresas mixtas y sectores claves dentro de las exportaciones cubanas, reportan importantes pérdidas por no poder realizar transacciones en dólares norteamericanos. Habanos S.A. reportó en el año 2001 pérdidas por este concepto ascendentes a 3.94 millones de dólares. Brascuba S.A. reportó pérdidas de 76 000 dólares; en tanto las de ETECSA se elevaron hasta 959 800 dólares.
* Se mantiene la imposibilidad de las Empresas de Seguros cubanas de comprar protecciones de reaseguro en el mercado norteamericano. Asimismo, dada la adquisición cada vez mayor por compañías de Estados Unidos de empresas de reaseguros y corredores europeos, en el año 2002 se han negado a ofertarnos protecciones de reaseguros, solamente por su vinculación con intereses norteamericanos, 71 empresas, entre ellas: la ERC Frankona, American Re, ACE Global Markets AGM y ACE Europe .

* Hay ejemplos tan ridículos como este:
En el mes de diciembre del 2001, la firma XEROX AG, filial de Zurich, se negó a renovar el contrato de leasing de una fotocopiadora para la Embajada de Cuba en Suiza. La justificación emitida para esta negativa, se basó en un documento contentivo de las "Regulaciones de la Administración para las Exportaciones de los Estados Unidos", en las cuales aparece Cuba como país bloqueado, tanto en productos como en tecnologías y programas computarizados.
* En el plano financiero, se mantiene sin variación la situación descrita en el informe de Cuba del año 2001, contenido en el documento A/56/276. Por tanto, Cuba sigue sin tener acceso a las fuentes de financiación tradicionales norteamericanas o pertenecientes al sistema de Bretton Woods. De ahí que Cuba no haya podido participar en los préstamos que ofrecen estas instituciones y que, como se indicó en el documento citado, ascendieron a 53,000 millones de dólares de 1997 al 2000.
Por ejemplo, en el ejercicio fiscal del 2001, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo destinaron a la América Latina, respectivamente, 5,300.1 millones y 7,956.8 millones de USD. De haber podido Cuba acceder a los préstamos de dichos organismos en el año señalado, podía haber obtenido unos 250 millones de USD, lo que habría permitido financiar importantes proyectos sociales y de infraestructura, tales como la construcción de 150,000 viviendas de 2 habitaciones cada una y 2 hospitales de 600 camas, o la reconstrucción vial de la Ciudad de La Habana y la construcción de 2 hospitales de 600 camas.
Igualmente, las condiciones para la adquisición de créditos a mediano y largo plazo por parte de instituciones bancarias y financieras del resto del mundo se han seguido dificultando. La aplicación a estas operaciones del denominado "Riesgo Cuba" ha conducido a que el país sólo tenga acceso a créditos a corto plazo con un elevado interés, lo que restringe la utilización de los recursos financieros disponibles para garantizar el desarrollo sostenible y una capacidad adecuada del servicio de la deuda. Actualmente, los escasos préstamos para el desarrollo se obtienen a tasas que oscilan entre el 11 y el 18% de interés, lo que encarece el financiamiento entre 5 y 12 puntos porcentuales en comparación con los créditos que pudieran recibirse de los organismos de desarrollo.
Asimismo, a la banca cubana se le tiene prohibido mantener relaciones normales de corresponsalía y de cuentas e intercambio con la banca de los Estados Unidos, lo que afecta en gran medida los servicios que requieren los clientes de este sector.
* Las compañías con negocios en el sector del petróleo enfrentan grandes dificultades para adquirir bienes y servicios requeridos para sus operaciones. La imposibilidad de obtenerlos en los Estados Unidos, el aumento de los costos por tener que hacerlo desde otros mercados, y la demora de los suministros en la ejecución de proyectos, significó un costo al país en el año 2001, un 25% por encima del costo normal de los productos y servicios contratados, lo que por el nivel de inversión realizado, determinó afectaciones ascendentes a 24,6 millones de USD en este sector.
* He aquí otro caso antológico:
En el mes de junio la Gerente General de la Compañía Texaco le negó el derecho a la Embajada de Cuba en Belice de consumir combustible proveniente de dicha empresa para sus autos, aduciendo el cumplimiento de las medidas impuestas por el bloqueo.
* En la industria del cemento, la empresa mixta "Cementos Curacao" afronta limitaciones de acceso a nuevos mercados para la exportación de su producto por los efectos del bloqueo, lo que ha generado una afectación en el año 2001 de 2 millones de USD.
* La inversión extranjera no ha quedado excluida de los daños del bloqueo y ello se demuestra en la identificación de un grupo de acciones realizadas por el gobierno de los Estados Unidos para dilatar, obstaculizar, e incluso impedir el desarrollo de ese proceso en el país.
Como primera afectación directa vale destacar que al cierre de septiembre del 2001, Estados Unidos mostró salidas de Inversión Extranjera Directa (IED) de 134.1 mil millones de dólares; por este concepto nuestro país no recibió, como h sucedido desde hace 43 años, ni un solo centavo.
El Centro de Promoción de Inversiones de Cuba ha recibido a más de 538 empresarios norteamericanos, los cuales presentaron intereses de inversión en los sectores agrícola, transporte, alimentación, farmacéuticos, turismo, comunicaciones y financieros. Ninguno de dichos intereses ha llegado a materializarse debido a la política de bloqueo.
La esfera de la biotecnología es un ejemplo elocuente de lo anterior. Trece empresas de reconocido prestigio mundial, seis de ellas norteamericanas, se interesaron por proyectos en Cuba, pero no iniciaron negociaciones debido a los obstáculos impuestos por la política de bloqueo. Los proyectos consultados estaban en el orden de los 200 millones de dólares. La participación de estas empresas en dichos proyectos hubiera permitido el desarrollo conjunto de una gama de productos así como el financiamiento para sus procesos de registro y posterior comercialización.
Vale recordar que las empresas Sherrit International y el grupo israelí BM continúan sancionados por la Ley Helms-Burton.
* El pasado año el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, envió una nota con fecha de 30 de mayo del 2001, FAC No. C-192071, a la empresa francesa Vert Agro BP, en la que se comunicaba que habían situado sus fondos, por el monto de 7490.00 dólares, en el Citibank de Nueva York, en una cuenta bloqueada, por provenir de negociaciones con la empresa cubana Tropiflora.
* La actividad portuaria cubana se ve imposibilitada de recaudar anualmente 10 millones de dólares por concepto de servicios de reparación en nuestros astilleros, debido al limitado arribo de buques a nuestros puertos como consecuencia de las restricciones impuestas por la Ley Torricelli. Asimismo, se pierde alrededor de un millón de dólares anuales por la imposibilidad de vender en el mercado norteamericano productos tales como catamaranes y lanchas rápidas.
* La industria pesquera sufre pérdidas de considerable magnitud por concepto de elevados aranceles, utilización de fuentes de suministros muy alejadas de nuestra zona geográfica natural, elevados fletes y adquisición de suministros a través de terceros países, a precios superiores en un 15% a los del mercado estadounidense. En este sentido, las pérdidas ocasionadas en el período enero 2001-mayo del 2002, son del orden de los 18 millones de dólares.
* La Empresa de Alambres y Cables, ELEKA, de no existir el bloqueo, podría adquirir todas sus materias primas en el mercado estadounidense. Sin embargo, tiene que pagar por concepto de importaciones 800 dólares adicionales por cada contenedor.
Como resultado de la Ley Helms Burton se frustró la creación de una empresa mixta para la producción de cables de fibra óptica, coaxiales y de transmisión de datos para su comercialización en Cuba, Centroamérica y el Caribe, lo que significó la pérdida de decenas de millones de dólares anuales.
* El Grupo Empresarial CICLEX, que adquiere productos y equipos para la producción de bicicletas, un medio de locomoción ampliamente utilizado en Cuba, ha tenido que pagar precios superiores al 40% en relación con los del mercado estadounidense, por tener como únicas opciones Europa, Centro y Sudamérica. Ello ha significado gastos adicionales por 20.2 millones de dólares.
* La importación de neumáticos para los equipos utilizados en el sector agrícola se ve afectada por concepto de fletes, los cuales se incrementan en medio millón de dólares adicionales, al tener que recurrir al mercado asiático, donde se adquieren el 80% de los mismos. Con esta cifra se podrían adquirir 4500 neumáticos adicionales en el mercado de los EE.UU.
* En el año 2000, un proyecto de comercio electrónico de la ciudad de Santiago de Cuba que se está realizando con el apoyo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, para permitir que los productores de la zona oriental de Cuba puedan vender sus bienes y servicios por Internet, se ha paralizado al no poder contar con la tecnología de certificados digitales, ya que los proveedores, que son empresas de los EE.UU., tienen prohibido suministrar esta tecnología a Cuba.
* Es preciso comprar las licencias de software, sus actualizaciones y la transferencia de tecnología a través de terceros países, debido a las regulaciones estadounidenses que limitan el acceso de Cuba a las mismas. Ello incrementa los precios y demora su adquisición.
Un ejemplo se puede ver en la página de Netscape (<http://wp.netscape.com/es/download/index.html?cp=djues>) que señala:
*Efectiva tecnología de protección Netscape
El software del buscador Netscape cuenta con una tecnología de protección sujeta a la normativa de la administración de las exportaciones y otras legislaciones de los EE.UU. y no pueden ser exportadas o reexportadas a determinados países (en la actualidad zonas bajo control talibán de Afganistán, Cuba, Irán, Iraq, Libia, Corea del Norte, Serbia [excepto Kosovo], Sudán y Siria) ni a personas ni entidades a las que les haya sido prohibido el acceso a exportaciones procedentes de los EE.UU.(tales como partes denegadas, entidades recogidas en la lista de organizaciones de la oficina de administración de las exportaciones y ciudadanos designados en particular). Si desea obtener más información sobre el Reglamento de administración de las exportaciones de los EE.UU. (EAR <http://www.bxa.doc.gov/Encryption/regs.htm>), 15 C.F.R. Parts 730-774, y la Oficina de administración de las exportaciones ("BXA"), consulte la página web de BXA homepage <http://www.bxa.doc.gov/>.
CONCLUSIONES
- Durante este último año, el Gobierno del Presidente George W. Bush ha recrudecido su política de agresión económica contra Cuba y ha mantenido, al igual que las administraciones precedentes, la aplicación de un bloqueo económico, comercial y financiero contra el pueblo cubano, en franca violación de las disposiciones adoptadas por la Asamblea General bajo el tema "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos contra Cuba". El gobierno ha dado pasos concretos para fortalecer con nuevas medidas el riguroso sistema de control que se aplica para verificar el cumplimiento de las medidas de bloqueo.
- La aplicación de dicha política genocida continúa provocando sensibles daños a la economía y a las condiciones de vida de la población cubana. Sólo en lo que se refiere a pérdidas económicas, en las más de cuatro décadas en que se ha mantenido vigente, se superan ya los 70 mil millones de dólares.
- Con su política de bloqueo, Estados Unidos continúa afectando la plena realización de derechos humanos básicos de los cubanos, como el derecho a la salud y a la alimentación.
- La no objeción por parte de la Administración estadounidense a la venta de cierta cantidad de alimentos a Cuba, no puede se interpretada como una flexibilización de su política de hostilidad hacia el pueblo cubano. Las compras tuvieron que efectuarse bajo condiciones de estrictas restricciones y superando numerosos obstáculos.
- El propio Presidente Bush ha declarado que el bloqueo sigue en pie sin modificación alguna y que será reforzado.
- Estados Unidos, mediante leyes como la Torricelli y la Helms-Burton, ha institucionalizado y sistematizado la aplicación extraterritorial de su bloqueo contra Cuba a terceros países.
Por todo lo anterior, resulta de extraordinaria importancia que la comunidad internacional reafirme nuevamente de manera abrumadora su solicitud de que se ponga fin al bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos contra Cuba.

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